Guía y Plantilla para el Contrato de Arras en la Compra de un Coche en Torrejoncillo
Si estás pensando en comprar un vehículo de segunda mano en Torrejoncillo, es fundamental que protejas tu inversión desde el primer momento. El "Contrato de Arras" es un documento privado donde el comprador entrega una pequeña cantidad de dinero (la señal) como garantía de que el vehículo queda reservado. Si el comprador se echa atrás, pierde la señal; si el vendedor se arrepiente, debe devolver el doble de lo entregado. Es la forma más segura de cerrar un trato entre particulares.
Instrucciones para formalizar el contrato en Torrejoncillo
Al ser un documento privado entre particulares, no necesitas acudir a ninguna oficina gubernamental en Torrejoncillo para firmar este contrato. Sin embargo, para que tenga plena validez legal, debes seguir estos pasos:
- Imprimir dos copias del documento (una para cada parte).
- Asegurarse de que ambos firmantes aporten su DNI original para verificar la identidad.
- Firmar en todas las hojas, tanto en el margen como al final del contrato.
- Realizar el pago de la señal preferiblemente mediante transferencia bancaria o Bizum con concepto claro ("Arras vehículo [Matrícula]"), para que quede constancia del movimiento financiero.
CONTRATO DE ARRAS PARA LA COMPRAVENTA DE VEHÍCULO
REUNIDOS
De una parte, D./Dña. [Nombre y Apellidos del Vendedor], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección completa], en adelante "el VENDEDOR".
De otra parte, D./Dña. [Nombre y Apellidos del Comprador], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección completa], en adelante "el COMPRADOR".
EXPONEN
Que el VENDEDOR es propietario del vehículo marca [Marca], modelo [Modelo], con matrícula [Matrícula] y número de bastidor [Bastidor].
Que ambas partes han acordado la compraventa del citado vehículo por un precio total de [Precio Total] euros.
CLÁUSULAS
PRIMERA: El COMPRADOR entrega en este acto la cantidad de [Cantidad entregada] euros en concepto de ARRAS, sirviendo este documento como la más eficaz carta de pago.
SEGUNDA: El resto del precio, es decir, [Cantidad pendiente] euros, se abonará en el momento de la firma del contrato definitivo de compraventa y la entrega de llaves.
TERCERA: El plazo máximo para formalizar la venta será el día [Fecha límite] en la localidad de Torrejoncillo.
CUARTA: Si el COMPRADOR no cumpliera con la compra, perderá la cantidad entregada. Si el VENDEDOR se negara a la venta, deberá devolver al COMPRADOR el doble de la cantidad recibida, según lo dispuesto en el artículo 1454 del Código Civil.
En Torrejoncillo, a [Día] de [Mes] de [Año].
Fdo. VENDEDOR: ____________________ Fdo. COMPRADOR: ____________________
Documentación adicional necesaria
Una vez firmado el contrato de arras, recuerda que para completar el proceso de transferencia en la DGT, necesitarás recopilar la siguiente documentación:
- Permiso de circulación original del vehículo.
- Ficha técnica del vehículo (ITV en vigor).
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del año anterior pagado.
- Contrato de compraventa definitivo (diferente al de arras, que se firma al entregar el dinero restante).
- Solicitud de cambio de titularidad de la DGT.
Consejo de experto: Nunca entregues dinero sin ver el vehículo en persona y comprobar que el número de bastidor coincide con el de la documentación. Si tienes dudas sobre si el coche tiene cargas, embargos o precintos, solicita un "Informe de Vehículo" en la sede electrónica de la DGT antes de entregar cualquier señal. ¡Evita sorpresas desagradables y disfruta de tu nuevo coche con total tranquilidad!