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📝 Trámites y Plantillas DGT

Guía y Plantilla para el Contrato de Arras en la Compra de un Coche en Torrejoncillo

Si estás pensando en comprar un vehículo de segunda mano en Torrejoncillo, es fundamental que protejas tu inversión desde el primer momento. El "Contrato de Arras" es un documento privado donde el comprador entrega una pequeña cantidad de dinero (la señal) como garantía de que el vehículo queda reservado. Si el comprador se echa atrás, pierde la señal; si el vendedor se arrepiente, debe devolver el doble de lo entregado. Es la forma más segura de cerrar un trato entre particulares.

Instrucciones para formalizar el contrato en Torrejoncillo

Al ser un documento privado entre particulares, no necesitas acudir a ninguna oficina gubernamental en Torrejoncillo para firmar este contrato. Sin embargo, para que tenga plena validez legal, debes seguir estos pasos:

📄 Modelo Oficial / Official Template

Plantilla / Template

CONTRATO DE ARRAS PARA LA COMPRAVENTA DE VEHÍCULO

REUNIDOS

De una parte, D./Dña. [Nombre y Apellidos del Vendedor], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección completa], en adelante "el VENDEDOR".

De otra parte, D./Dña. [Nombre y Apellidos del Comprador], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección completa], en adelante "el COMPRADOR".

EXPONEN

Que el VENDEDOR es propietario del vehículo marca [Marca], modelo [Modelo], con matrícula [Matrícula] y número de bastidor [Bastidor].

Que ambas partes han acordado la compraventa del citado vehículo por un precio total de [Precio Total] euros.

CLÁUSULAS

PRIMERA: El COMPRADOR entrega en este acto la cantidad de [Cantidad entregada] euros en concepto de ARRAS, sirviendo este documento como la más eficaz carta de pago.

SEGUNDA: El resto del precio, es decir, [Cantidad pendiente] euros, se abonará en el momento de la firma del contrato definitivo de compraventa y la entrega de llaves.

TERCERA: El plazo máximo para formalizar la venta será el día [Fecha límite] en la localidad de Torrejoncillo.

CUARTA: Si el COMPRADOR no cumpliera con la compra, perderá la cantidad entregada. Si el VENDEDOR se negara a la venta, deberá devolver al COMPRADOR el doble de la cantidad recibida, según lo dispuesto en el artículo 1454 del Código Civil.

En Torrejoncillo, a [Día] de [Mes] de [Año].

Fdo. VENDEDOR: ____________________     Fdo. COMPRADOR: ____________________

Documentación adicional necesaria

Una vez firmado el contrato de arras, recuerda que para completar el proceso de transferencia en la DGT, necesitarás recopilar la siguiente documentación:

Consejo de experto: Nunca entregues dinero sin ver el vehículo en persona y comprobar que el número de bastidor coincide con el de la documentación. Si tienes dudas sobre si el coche tiene cargas, embargos o precintos, solicita un "Informe de Vehículo" en la sede electrónica de la DGT antes de entregar cualquier señal. ¡Evita sorpresas desagradables y disfruta de tu nuevo coche con total tranquilidad!