Guía y Contrato de Arras para la Compra de un Coche en Sarracín (Descarga Word/PDF)
Comprar un vehículo de segunda mano entre particulares en Sarracín puede generar incertidumbre. Para asegurar la operación y evitar que el vendedor venda el coche a otra persona mientras reúnes el dinero o realizas la revisión mecánica, el Contrato de Arras es tu mejor garantía legal. Este documento formaliza el compromiso de compraventa y establece una señal económica que vincula a ambas partes.
Instrucciones sobre cómo formalizar y gestionar este documento en Sarracín
Aunque el contrato de arras es un documento privado que no necesita ser presentado ante el Ayuntamiento de Sarracín ni ante la DGT en el momento de la firma, es fundamental seguir estos pasos para que tenga validez jurídica:
- Identificación: Asegúrate de que los datos del vendedor coinciden exactamente con el Permiso de Circulación del vehículo.
- Firma: Ambas partes deben firmar todas las páginas del contrato, no solo la última.
- Entrega de la señal: Realiza el pago de la señal preferiblemente mediante transferencia bancaria o Bizum, dejando constancia del concepto "Arras coche [Matrícula]". Evita el efectivo si es posible para tener trazabilidad.
- Gestión posterior: Una vez firmado el contrato, el siguiente paso legal en Sarracín es acudir a la gestoría o a la Jefatura Provincial de Tráfico para realizar el cambio de titularidad una vez liquidado el importe restante.
CONTRATO DE ARRAS PENITENCIALES (COMPRAVENTA DE VEHÍCULO) / CONTRATO DE ARRAS PENITENCIALES (COMPRAVENTA DE VEHÍCULO)
En Sarracín, a [Día] de [Mes] de [Año].
REUNIDOS
De una parte, como VENDEDOR: D./Dña. [Nombre y Apellidos], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección].
De otra parte, como COMPRADOR: D./Dña. [Nombre y Apellidos], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección].
EXPONEN
I. Que el VENDEDOR es propietario del vehículo marca [Marca], modelo [Modelo], con matrícula [Matrícula] y número de bastidor [Bastidor].
II. Que ambas partes han acordado la compraventa del citado vehículo por un precio total de [Precio] euros.
CLÁUSULAS
PRIMERA: El COMPRADOR entrega en este acto la cantidad de [Cantidad señal] euros en concepto de arras penitenciales conforme al artículo 1454 del Código Civil.
SEGUNDA: El resto del precio, es decir, [Cantidad restante] euros, se abonará en el momento de la firma del contrato de compraventa definitivo y entrega del vehículo, cuya fecha límite será el día [Fecha límite].
TERCERA: Si el COMPRADOR desiste de la compra, perderá la cantidad entregada. Si el VENDEDOR desiste, deberá devolver el duplo de la cantidad recibida.
CUARTA: El vehículo se entrega libre de cargas y gravámenes, al corriente de pago del IVTM y con la ITV en vigor.
Firmado por el VENDEDOR: _______________ | Firmado por el COMPRADOR: _______________
Documentación adicional requerida
Para completar el proceso de compraventa en Sarracín con total seguridad, además del contrato de arras, asegúrate de solicitar al vendedor la siguiente documentación:
- Original del Permiso de Circulación del vehículo.
- Ficha Técnica del vehículo (Tarjeta ITV).
- Certificado de antecedentes del vehículo (puedes solicitarlo en la DGT para comprobar que no tiene embargos o precintos).
- Justificante de haber pagado el Impuesto de Circulación (IVTM) del año anterior.
- DNI original del vendedor (o copia compulsada).
Consejo de experto: Nunca entregues una señal sin haber visto el coche físicamente y haber comprobado que el número de bastidor coincide con la documentación técnica. Si el vehículo tiene una antigüedad superior a 10 años, verifica especialmente el estado del motor y la caja de cambios antes de firmar cualquier compromiso, ya que las arras penitenciales implican que, si te arrepientes, perderás el dinero entregado sin posibilidad de reclamación legal.