Contrato de Arras para Reserva de Compra de Coche en Jerez de la Frontera: Descarga Plantilla Word y PDF
Cuando encontramos el vehículo de ocasión ideal o pactamos la compra de un coche de segunda mano entre particulares, asegurar la operación es fundamental para evitar sorpresas desagradables como que el vendedor se eche atrás o venda el coche a otro interesado. Para ello, el Contrato de Arras para Reserva de Compra de Coche es la herramienta legal perfecta en España. Este documento vinculante protege tanto al comprador como al vendedor mediante la entrega de una señal económica a cuenta del precio final.
Instrucciones sobre cómo formalizarlo y tramitarlo en Jerez de la Frontera
A diferencia de los trámites ante la Administración Pública, este contrato es un documento privado entre particulares o empresas, por lo que no es necesario acudir a ningún organismo oficial de Jerez de la Frontera para firmarlo inicialmente. Sin embargo, debes tener en cuenta los siguientes pasos prácticos para que tenga total validez y eficacia en nuestra ciudad:
- Lugar de firma: Se puede firmar en cualquier lugar físico (incluso de forma digital), aunque se recomienda hacerlo en el momento de la visualización y comprobación mecánica del vehículo.
- Verificación previa en Jerez: Antes de entregar la señal económica reflejada en el contrato, es altamente recomendable acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico de Cádiz (o gestorías autorizadas en Jerez) para solicitar un informe del vehículo y comprobar que está libre de cargas, embargos o multas pendientes.
- Método de pago de la señal: Evita en la medida de lo posible el pago en efectivo de grandes cantidades. Utiliza transferencias bancarias inmediatas o anota claramente en el documento el método de pago utilizado para que sirva como recibo fehaciente.
- Trámite posterior: Una vez firmado el contrato de arras y entregado el resto del pago en la fecha acordada, deberéis acudir a una gestoría en Jerez de la Frontera o solicitar cita previa en la Dirección General de Tráfico (DGT) para realizar el cambio de titularidad del vehículo (modelo de transmisión de vehículos).
CONTRATO DE ARRAS PENITENCIALES PARA LA RESERVA Y COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO
En Jerez de la Frontera, a [Día] de [Mes] de [Año].
REUNIDOS
DE UNA PARTE (EL VENDEDOR):
Don/Doña [Nombre y Apellidos del Vendedor], con DNI [Número de DNI] y domicilio a efectos de notificaciones en [Calle, Número, Código Postal y Ciudad, ej. Jerez de la Frontera].
DE OTRA PARTE (EL COMPRADOR):
Don/Doña [Nombre y Apellidos del Comprador], con DNI [Número de DNI] y domicilio a efectos de notificaciones en [Calle, Número, Código Postal y Ciudad].
Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Contrato de Arras Penitenciales, y a tal efecto,
MANIFIESTAN
PRIMERO. Que el Vendedor es dueño en pleno dominio del vehículo cuyas características se detallan a continuación:
- Marca: [Ej. Seat]
- Modelo: [Ej. León]
- Matrícula: [Ej. 1234-ABC]
- Número de Bastidor (VIN): [Número de bastidor de 17 dígitos]
- Kilometraje actual: [Ej. 85.000 km]
SEGUNDO. Que el Comprador está interesado en la adquisición del vehículo descrito en el expositivo primero, por lo que mediante este documento libremente acuerdan la reserva y futura compraventa del mismo, rigiéndose por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
El precio total pactado y libre de cargas para la compraventa del vehículo es de [Importe total en letra] euros ([Importe total en número] €), IVA incluido si procede.
SEGUNDA. ENTREGA DE ARRAS.
En este acto, el Comprador entrega en concepto de señal o arras penitenciales al Vendedor la cantidad de [Importe de la señal en letra] euros ([Importe de la señal en número] €), mediante [efectivo / transferencia bancaria], sirviendo este documento como la más eficaz carta de pago y recibo de dicha cantidad. Dicha cantidad será descontada del precio total estipulado en la cláusula primera en el momento de formalizar el contrato definitivo de compraventa.
TERCERA. PLAZO DE EJECUCIÓN.
La firma del contrato definitivo de compraventa y el pago del importe restante de [Resto del pago en número] €, así como la entrega material del vehículo y la firma de la solicitud de cambio de titularidad en la DGT, se realizarán como fecha límite el día [Día límite] de [Mes] de [Año] en la ciudad de Jerez de la Frontera.
CUARTA. PENALIZACIÓN POR INCUMPLIMIENTO (ARRAS PENITENCIALES).
Este contrato se otorga con el carácter de arras penitenciales, de tal modo que:
- Si el Comprador desiste de la operación o incumple lo pactado en el plazo establecido, perderá la cantidad entregada en concepto de arras.
- Si el Vendedor es quien desiste o incumple su obligación de venta, estará obligado a devolver al Comprador el doble de la cantidad recibida (artículo 1454 del Código Civil).
QUINTA. ESTADO DEL VEHÍCULO Y JURISDICCIÓN.
El Comprador declara conocer el estado actual del vehículo, el cual acepta expresamente. Para cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente contrato, ambas partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Jerez de la Frontera, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.
Fdo. El Vendedor: _________________________ Fdo. El Comprador: _________________________
Documentación adicional requerida para completar la operación
Para que la reserva culminada en Jerez de la Frontera tenga validez jurídica total y se pueda transferir el vehículo sin contratiempos ante la Dirección General de Tráfico, asegúrate de recopilar y adjuntar la siguiente documentación:
- Fotocopias de los DNI/NIE: Tanto del comprador como del vendedor en vigor.
- Permiso de Circulación del vehículo: Para verificar que el titular que firma el contrato coincide exactamente con el registrado en tráfico.
- Tarjeta de Inspección Técnica (ITV): Comprobando que la ITV está pasada y en vigor, o especificando claramente en el contrato si se vende sin ITV y las condiciones acordadas.
- Justificante de pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): El impuesto municipal de Jerez del año anterior (el "sello del ayuntamiento").
Consejo de experto: Nunca entregues una señal económica sin haber visto y probado físicamente el coche en Jerez de la Frontera. Asegúrate de plasmar en el contrato de arras los kilómetros exactos del cuentakilómetros en el momento de la firma y revisa que el número de bastidor coincida exactamente con los papeles. Si tienes dudas con la redacción o el estado legal del coche, contar con un asesor o gestor colegiado en Jerez te ahorrará costosos quebraderos de cabeza futuros.