Guía y Plantilla para el Contrato de Arras en la Compra de Coche en Hospital de Órbigo
¿Vas a comprar un coche de segunda mano en Hospital de Órbigo y quieres asegurar la operación? El contrato de arras es el documento legal definitivo para formalizar una reserva, garantizando que el vendedor no entregue el vehículo a otra persona mientras tú gestionas la financiación o los trámites finales. A continuación, te explicamos cómo utilizar este documento para proteger tu inversión.
Instrucciones para formalizar el contrato en Hospital de Órbigo
Este contrato es un acuerdo privado entre comprador y vendedor. No es necesario presentarlo ante ninguna administración pública en Hospital de Órbigo para que sea válido, pero es fundamental que ambas partes lo firmen por duplicado. Sigue estos pasos:
- Completa la plantilla con los datos exactos que figuran en el DNI de ambas partes y en la ficha técnica del vehículo.
- Acordad una fecha límite para la firma del contrato de compraventa definitivo.
- Realiza el pago de la señal (arras) mediante un método trazable (transferencia bancaria o Bizum) indicando en el concepto "Arras coche [Matrícula]".
- Cada parte debe conservar una copia firmada. Si el vendedor se echa atrás, deberá devolverte el doble de la cantidad entregada según el Código Civil español.
CONTRATO DE ARRAS PARA LA COMPRAVENTA DE VEHÍCULO
En Hospital de Órbigo, a [Día] de [Mes] de [Año].
REUNIDOS
De una parte, DON/DOÑA [Nombre del Vendedor], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección].
De otra parte, DON/DOÑA [Nombre del Comprador], con DNI [Número], y domicilio en [Dirección].
EXPONEN
I. Que el Vendedor es propietario del vehículo marca [Marca], modelo [Modelo], con matrícula [Matrícula] y número de bastidor [Bastidor].
II. Que el Comprador tiene interés en adquirir dicho vehículo, por lo que ambas partes acuerdan formalizar este contrato de arras mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: El Vendedor reserva el vehículo descrito al Comprador hasta el día [Fecha límite].
SEGUNDA: El precio total de venta se fija en [Precio] euros. En este acto, el Comprador entrega la cantidad de [Importe de la señal] euros en concepto de arras.
TERCERA: Si el Comprador desiste de la compra, perderá la cantidad entregada. Si el Vendedor desiste, deberá devolver al Comprador el doble de la cantidad recibida (Art. 1454 del Código Civil).
CUARTA: El resto del precio se abonará en el momento de la firma del contrato de compraventa y entrega de llaves.
Firma del Vendedor: _________________ Firma del Comprador: _________________
Documentación adicional requerida
Para que la compraventa sea segura y puedas realizar posteriormente el cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico, asegúrate de solicitar al vendedor la siguiente documentación:
- Original del Permiso de Circulación del vehículo.
- Ficha técnica (ITV) con la inspección en vigor.
- Certificado de antecedentes del vehículo (puedes solicitarlo en la DGT para comprobar que no tiene embargos o precintos).
- Justificante de pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del año anterior.
Consejo de experto: Nunca entregues dinero en efectivo sin haber firmado este contrato y comprobado que el vendedor es realmente el titular que aparece en el permiso de circulación. Si realizas la compra en Hospital de Órbigo, recuerda que el cambio de nombre debe notificarse a la DGT en un plazo máximo de 30 días tras la firma del contrato definitivo para evitar sanciones y problemas de responsabilidad civil.