FuelMaps.es - Portal del Conductor
📝 Trámites y Plantillas DGT

Descarga Gratis el Contrato de Arras para Reserva de Compra de Coche en Amer (Word y PDF)

Comprar o vender un vehículo de segunda mano entre particulares en la zona de Amer requiere de garantías legales para evitar malentendidos de última hora. El contrato de arras penitenciales es la herramienta jurídica perfecta para asegurar la operación: el comprador entrega una cantidad de señal como compromiso firme de adquisición, mientras que el vendedor se compromete a retirar el coche del mercado durante un plazo pactado. Si una de las partes se echa atrás, existen penalizaciones económicas claras reguladas por el Código Civil español.

Instrucciones sobre cómo y dónde formalizarlo en Amer

A diferencia de los trámites con la DGT, un contrato de arras es un documento privado entre particulares que no necesita ser presentado presencialmente en ningún organismo oficial de Amer para tener validez legal. Sin embargo, es altamente recomendable seguir estos pasos prácticos en el municipio:

📄 Modelo Oficial / Official Template

Plantilla / Template

CONTRATO DE ARRAS PENITENCIALES PARA LA COMPRAVENTA DE VEHÍCULO

En Amer (Girona), a [Día] de [Mes] de [Año]

REUNIDOS

De una parte, D./Dña. [Nombre y Apellidos del Vendedor], mayor de edad, con DNI [Número de DNI] y domicilio a efectos de notificación en [Dirección completa, Amer, Girona], en adelante EL VENDEDOR.

Y de otra parte, D./Dña. [Nombre y Apellidos del Comprador], mayor de edad, con DNI [Número de DNI] y domicilio a efectos de notificación en [Dirección completa], en adelante EL COMPRADOR.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para otorgar el presente CONTRATO DE ARRAS PENITENCIALES, y para ello

EXPONEN

PRIMERO. Que EL VENDEDOR es propietario del vehículo cuyas características se detallan a continuación:

SEGUNDO. Que estando interesado EL COMPRADOR en la adquisición del citado vehículo, ambas partes han acordado celebrar un contrato de compraventa, formalizándolo mediante el presente documento de arras penitenciales, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. EL VENDEDOR se compromete a vender el vehículo descrito a EL COMPRADOR, y éste a comprarlo por el precio total acordado de [Importe total en cifras] euros ([Importe total en letras] euros).

SEGUNDA. En este acto, EL COMPRADOR entrega en concepto de señal o arras penitenciales la cantidad de [Importe de la señal] euros ([Importe de la señal en letras] euros) mediante [transferencia bancaria / efectivo], cantidad que será descontada del precio final del vehículo en el momento de la firma del contrato definitivo de compraventa.

TERCERA. El plazo máximo para la firma del contrato definitivo de compraventa y el pago del resto del importe pendiente ([Precio total menos la señal] euros) será el día [Fecha límite] de [Mes] de [Año]. Dicha fecha límite podrá ser prorrogada de mutuo acuerdo y por escrito entre ambas partes.

CUARTA. El presente contrato se otorga con arreglo al artículo 1454 del Código Civil. Si EL COMPRADOR desistiere del contrato, perderá la cantidad entregada en concepto de arras. Si el que desistiere fuere EL VENDEDOR, estará obligado a devolver a EL COMPRADOR el duplo de la cantidad dadas en arras ([Importe duplicado] euros).

QUINTA. Todos los gastos e impuestos que se deriven de la futura transmisión del vehículo (tasas de cambio de titularidad en la DGT, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si procediera) correrán a cargo de [Especificar quién asume los gastos, habitualmente el comprador].

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.



Fdo. EL VENDEDOR                          Fdo. EL COMPRADOR

Documentación adicional requerida

Para que la posterior compraventa vinculada a este contrato en Amer se realice con total seguridad jurídica, asegúrate de adjuntar o revisar la siguiente documentación junto con el contrato de arras:

Consejo experto: Deja constancia en el contrato del estado general del vehículo y de posibles desperfectos visibles. Además, especifica claramente quién se hace responsable de las multas o peajes que puedan producirse desde el momento de la firma de las arras hasta que se efectúe la entrega física de las llaves y la firma del contrato definitivo de compraventa.