Cómo recurrir con éxito una multa de Entrar en Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en Cortegana
Si te han notificado una sanción por acceder indebidamente a una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde el día siguiente a su notificación para decidir: o pagas con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentas alegaciones si consideras que la multa es injusta o defectuosa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLas multas de las ZBE suelen tramitarse de forma automatizada mediante cámaras de lectura de matrículas, lo que incrementa las posibilidades de cometer errores administrativos que invalidan la sanción. Para conseguir la anulación, revisa con lupa los siguientes puntos en la denuncia:
- Identificación fotográfica insuficiente: La ley exige al menos dos fotogramas claros: uno de plano general donde se aprecie la señalización vertical de restricción de acceso y otro donde se lea con total nitidez la matrícula del vehículo.
- Señalización deficiente: Las entradas a la ZBE deben estar perfectamente señalizadas con la señal reglamentaria R-120 (u otras específicas de restricciones medioambientales) visibles antes de acceder al perímetro. Si la señal estaba oculta, deteriorada o ausente, la multa es nula.
- Homologación de los dispositivos: Las cámaras y sistemas de captación de imágenes deben contar con el certificado de control metrológico en vigor. Si no se aporta este dato o el aparato carece de él, la prueba decae.
- Errores en los datos del boletín: Comprueba que la matrícula, marca, modelo, fecha, hora y lugar exacto de la supuesta infracción coincidan plenamente con la realidad. Un error tipográfico en estos campos tumba el expediente.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Cortegana o por internet
Al tratarse de una normativa y vigilancia de carácter municipal (ordenanza de movilidad urbana), el organismo competente para tramitar la sanción y resolver el procedimiento es el propio Ayuntamiento de Cortegana.
Para interponer tus alegaciones dentro del plazo de los 20 días (si no has optado por el pronto pago), tienes dos vías principales:
- Por vía telemática (Recomendado): A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortegana. Necesitarás certificado digital o Cl@ve para registrar el escrito de alegaciones y adjuntar las pruebas documentales o fotográficas en formato PDF.
- De forma presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Cortegana (Oficina de Asistencia en Materia de Registros), presentando el escrito por duplicado para que te sellen tu copia con la fecha de entrada.
Para no volver a llevarte una sorpresa desagradable en este u otros municipios, resulta fundamental