Cómo recurrir con éxito una multa de Aparcar en Vado Permanente o Carga/Descarga en Puente Genil
Si has sido sancionado en Puente Genil por estacionar en vado o en zona de carga y descarga, tienes dos caminos excluyentes: pagar con un 50% de descuento en el periodo de "pronto pago" (20 días naturales desde la notificación) o presentar alegaciones. Ten en cuenta que si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho a la reducción del 50% de la cuantía. Si decides impugnar, el plazo legal es de 20 días naturales desde la recepción de la notificación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que una multa de tráfico prospere, debe cumplir estrictamente con la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Los defectos de forma son tu mayor aliado para lograr el archivo del expediente:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coinciden exactamente. Un solo error en un dígito invalida la sanción.
- Ubicación exacta: La denuncia debe especificar la calle y el número postal o referencia física. Si la ubicación es genérica o errónea, el recurso prospera.
- Defectos en la señalización: En vados, la placa debe estar homologada, ser visible y estar vigente (pago de tasa municipal al día). En carga y descarga, el horario debe estar claramente señalizado. Si la señal está oculta por vegetación, grafiti o es invisible desde la posición de estacionamiento, adjunta fotografías como prueba.
- Falta de pruebas fotográficas: La administración debe aportar pruebas. Si no hay fotos o estas no demuestran la infracción (por ejemplo, no se ve la señalización vertical), solicita el archivo por falta de pruebas.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Puente Genil o por internet
Al tratarse de sanciones impuestas por la Policía Local de Puente Genil, el organismo competente es el Ayuntamiento de Puente Genil. No te dirijas a la DGT, ya que perderías tiempo y el recurso sería inadmitido por falta de competencia.
- Sede Electrónica: Es la forma más ágil. Accede a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Puente Genil, identifica tu expediente con el certificado digital o Cl@ve y presenta el escrito de alegaciones a través del Registro General.
- Presencialmente: Puedes acudir a la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Puente Genil (Registro General) aportando el documento de denuncia original y tu escrito de alegaciones.
Recuerda que, además de las señales físicas, hoy en día es vital estar al tanto de las restricciones de circulación urbana. Antes de moverte por municipios con restricciones, te recomendamos utilizar