Cómo recurrir con éxito una multa de Aparcar en Vado Permanente o Carga/Descarga en Perdoma (La).
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si optas por recurrir, pierdes automáticamente el descuento, por lo que debes estar convencido de que existen motivos legales sólidos para anular el boletín de denuncia.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que una multa sea válida, debe cumplir estrictamente con los requisitos del Real Decreto Legislativo 6/2015. Busca estos errores en tu notificación:
- Identificación incompleta: Falta de datos esenciales como la matrícula, el modelo del vehículo, o la ubicación exacta (calle y número) donde se produjo la supuesta infracción en La Perdoma.
- Ausencia de prueba fotográfica: En el caso de vados o carga y descarga, la jurisprudencia exige que el agente aporte pruebas gráficas. Si la multa no incluye fotos o estas no demuestran la obstrucción real, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Defectos en la señalización: Verifica in situ si la placa del vado está vigente (pago de tasas al día) o si la señalización vertical/horizontal de carga y descarga está deteriorada, oculta o es confusa. Si la señal no es reglamentaria, la sanción es nula.
- Identificación del agente: Si el boletín no incluye el número de identificación del agente denunciante o su firma, carece de presunción de veracidad.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Perdoma (La) o por internet.
Al tratarse de una infracción de tráfico local (estacionamiento), la competencia es del Ayuntamiento de La Orotava, municipio al que pertenece La Perdoma. No te dirijas a la DGT, ya que perderás tiempo. Debes presentar tus alegaciones ante la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Tráfico del Ayuntamiento de La Orotava.
La vía más rápida y eficaz es la sede electrónica del Ayuntamiento (a través de certificado digital o Cl@ve). También puedes acudir presencialmente al Registro General del Ayuntamiento o a través de las oficinas de Correos mediante correo administrativo certificado. Asegúrate siempre de obtener un número de registro de entrada.
Recuerda que, además de los vados, la normativa urbana es cada vez más estricta con las restricciones de circulación. Te recomendamos utilizar