Cómo recurrir con éxito una multa de Aparcar en Vado Permanente o Carga/Descarga en Paradas
Si te han multado en Paradas por estacionar frente a un vado permanente o en una zona de carga y descarga, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentar un pliego de descargo si consideras que la sanción es injusta o presenta errores. Recuerda que si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de este tipo, los juzgados y los propios ayuntamientos suelen anular las multas si se detectan fallos graves en el boletín de denuncia. Revisa con lupa la siguiente información:
- Placa de vado ilegible o ausente: En los vados permanentes, la señal vertical debe estar homologada, ser perfectamente visible y mostrar el número de licencia municipal y las horas de prohibición. Si no hay señal o está oculta, la multa es nula.
- Señalización horizontal y vertical borrosa: En las zonas de carga y descarga, la marca vial (línea amarilla o zig-zag) y la señal vertical deben coincidir y estar en buen estado. Si el asfalto está repintado a medias o la señal vertical está tapada por ramas, hay argumento sólido.
- Errores en los datos del vehículo: Comprueba que la matrícula, la marca, el modelo y el color coinciden exactamente. Un solo dígito erróneo invalida la denuncia.
- Falta de fotografías probatorias: La ordenanza exige que el agente aporte imágenes donde se aprecie claramente la infracción y la señalización restrictiva. Si no hay fotos o no se ve el vado, el recurso prospera.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Paradas o por internet
Al tratarse de una multa de tráfico de carácter municipal (competencia de las ordenanzas locales de circulación), el organismo competente para tramitar y resolver el expediente es el Ayuntamiento de Paradas. No debes acudir a la DGT.
Tienes dos vías principales para presentar tu escrito de alegaciones y las pruebas que reúnas:
- De forma telemática: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Paradas (requiere certificado digital o Cl@ve). Es la opción más rápida, deja constancia inmediata de la fecha de entrada y te permite hacer un seguimiento online.
- De forma presencial: Acudiendo al Registro General del Ayuntamiento de Paradas (Plaza de España). Recuerda solicitar cita previa si es necesario y lleva siempre tu DNI, la notificación de la multa y dos copias del escrito para que te sellen la de recepción.
Además, antes de moverte por otros municipios cercanos o grandes urbes con restricciones de tráfico, es altamente recomendable