Cómo recurrir con éxito una multa de Aparcar en Vado Permanente o Carga/Descarga en Mas De Las Matas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma o una causa de nulidad que justifique tu reclamación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una multa por aparcar en vado o carga/descarga, revisa minuciosamente el boletín de denuncia. Los errores más frecuentes que tumban estas sanciones son:
- Ausencia de señalización vertical u horizontal: En el caso de vados, la placa debe estar homologada, ser visible y mostrar claramente el número de licencia y el horario. En carga/descarga, la señalización debe estar en perfecto estado y ser legible. Si la pintura está desgastada o la señal oculta, la multa es recurrible.
- Errores de identificación: Si la matrícula, el modelo del vehículo, la fecha, la hora o el lugar exacto no coinciden con la realidad, el expediente pierde validez.
- Falta de fotografías: La normativa exige pruebas gráficas que demuestren la infracción. Si el agente no adjuntó fotos donde se aprecie claramente el vehículo obstaculizando el acceso o la zona restringida, existe indefensión.
- Identificación del conductor: Si la multa no fue notificada en el acto, el Ayuntamiento debe demostrar quién era el conductor. Si no se puede acreditar, el titular del vehículo solo responde por la falta de identificación (si se requiere), pero no por la infracción de aparcamiento en sí.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mas De Las Matas o por internet
Al tratarse de una infracción de tráfico urbana, la competencia recae sobre el Ayuntamiento de Mas De Las Matas. El escrito de alegaciones debe dirigirse a la Concejalía de Tráfico o al órgano sancionador municipal correspondiente.
Puedes presentar tu recurso mediante las siguientes vías:
- Presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Mas De Las Matas. Recuerda llevar una copia para que te la sellen como justificante de entrada.
- Sede Electrónica: A través de la página web oficial del Ayuntamiento de Mas De Las Matas, utilizando certificado digital o Cl@ve. Es la opción más rápida y segura, ya que permite adjuntar pruebas digitalizadas (fotos, planos del lugar, etc.).
- Correo postal: Mediante correo administrativo en cualquier oficina de Correos, entregando el sobre abierto para que sea sellado antes de su envío.
Recuerda que, además de vigilar las señales de vado y carga/descarga, es fundamental estar atento a las nuevas restricciones de movilidad. Puedes consultar