Cómo recurrir con éxito una multa de Aparcar en Vado Permanente o Carga/Descarga en Font-Calent.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento. Es vital que si el vehículo no estaba correctamente señalizado, presentes el escrito dentro de este plazo para evitar la vía ejecutiva.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción por aparcar en vado o carga/descarga, analiza minuciosamente el boletín de denuncia. Los errores más frecuentes que permiten la anulación son:
- Falta de señalización vertical: En vados, la placa debe ser legible y oficial. Si la pintura en el suelo está desgastada o no coincide con la normativa municipal de Font-Calent, la multa es recurrible.
- Defectos en la carga/descarga: Si la señal no especifica el horario de restricción o si este es confuso, el acto administrativo carece de validez.
- Errores de identificación: Comprueba que la matrícula, el modelo del vehículo, la fecha, la hora y el lugar exacto sean correctos. Un error en la calle o en la numeración (si no es la que consta en el boletín) es motivo suficiente para el archivo.
- Ausencia de fotografías: La administración está obligada a probar la infracción. Si no existen fotos que demuestren la señalización vigente en el momento de la denuncia, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Font-Calent o por internet.
Al tratarse de una sanción de tráfico de ámbito municipal, el organismo competente es el Ayuntamiento de Alicante (del cual depende la pedanía de Font-Calent). No debes dirigirte a la DGT, ya que esta solo gestiona multas de carretera y velocidad.
Puedes presentar tus alegaciones a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante mediante certificado digital o Cl@ve PIN, lo cual es altamente recomendable por la inmediatez en el registro. Si prefieres la vía presencial, dirígete a cualquiera de las oficinas de Atención Ciudadana (propuesta de registro en el Registro General).
Recuerda que, además de vigilar las señales de vado, es fundamental prevenir sanciones por acceso indebido a zonas restringidas. Puedes consultar el estado de las restricciones en