Cómo recurrir con éxito una multa de Aparcar en Vado Permanente o Carga/Descarga en Anglesola
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a presentar alegaciones) o formular un escrito de recurso. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de defectos de forma o pruebas que demuestren la inexistencia de la infracción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere en infracciones de aparcamiento, debes buscar errores administrativos que invaliden la denuncia. Los más frecuentes son:
- Ausencia de señalización vertical u horizontal: En el caso de vados, la placa debe ser visible, estar homologada y contener el número de licencia y ayuntamiento. Si la marca vial (línea amarilla o marca de carga/descarga) está borrada o es confusa, la multa es nula.
- Error en la identificación: Cualquier discrepancia en la matrícula, modelo del vehículo, fecha, hora o ubicación exacta dentro de Anglesola invalida el boletín.
- Falta de fotografías: La jurisprudencia exige que, en infracciones de aparcamiento, el agente aporte pruebas gráficas que demuestren la obstrucción o la señalización vigente en ese punto. Si no hay fotos en el expediente, solicita el archivo.
- Identificación del conductor: Si el agente no notificó en el acto y no hay foto del conductor, puedes alegar indefensión si el requerimiento de identificación no cumple los plazos legales.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Anglesola o por internet
Al tratarse de una sanción de tráfico de carácter municipal, el organismo competente es el Ayuntamiento de Anglesola. No debes dirigirte a la DGT. El escrito de alegaciones debe presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Anglesola si dispones de certificado digital o Cl@ve. También puedes acudir presencialmente al Registro General del Ayuntamiento dentro del horario de atención al público.
Recuerda que, además de vigilar las señales de vado, es vital mantenerse informado sobre las restricciones de circulación en núcleos urbanos. Puedes consultar el