Cómo recurrir con éxito una multa de Uso del teléfono móvil al volante en Ronda.
Si has sido sancionado por usar el móvil mientras conducías en Ronda, dispones de dos caminos excluyentes: pagar con reducción del 50% en un plazo de 20 días naturales desde la notificación, o presentar alegaciones. Ten presente que, si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago. Si decides seguir adelante, debes presentar el recurso en el plazo de 20 días naturales desde la recepción de la notificación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLa sanción por uso del móvil (artículo 18.2 del RGC) es de carácter subjetivo, lo que aumenta las probabilidades de éxito si detectas errores en la denuncia. Los defectos de forma más habituales son:
- Ausencia de ratificación del agente: Al ser una infracción basada en la percepción visual del agente, este debe detallar claramente qué estaba haciendo el conductor. Si el boletín es genérico y no describe la conducta específica, el recurso tiene base.
- Identificación errónea: Si los datos del vehículo (matrícula, marca, modelo) o del titular no coinciden exactamente, la multa es nula.
- Falta de pruebas: Si el agente no detuvo el vehículo en el momento de la infracción, debe justificar por qué no lo hizo. Si no existe una justificación técnica o de seguridad para la no detención, el recurso prospera.
- Errores de ubicación: Comprueba que la calle o vía en Ronda donde supuestamente ocurrió la infracción coincide con la zona de circulación real del vehículo.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Ronda o por internet.
La autoridad competente dependerá de quién haya emitido la sanción. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Ronda, el organismo al que debes dirigirte es el Ayuntamiento de Ronda. Si la multa fue notificada por la Guardia Civil o agentes de tráfico de la DGT en vías interurbanas, el organismo es la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga.
Para presentar tus alegaciones, tienes tres vías:
- Presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Ronda (si es competencia municipal) o en cualquier oficina de registro de la Administración Pública.
- Sede Electrónica: A través de la web oficial del Ayuntamiento de Ronda con certificado digital o Cl@ve. Si es de la DGT, usa la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico.
- Correo postal: Mediante correo administrativo en sobre abierto para que sea sellado y fechado antes de su envío.
Recuerda que, además de evitar el uso del móvil, es fundamental estar al tanto de las restricciones de circulación urbana. Puedes consultar el