Cómo recurrir con éxito una multa de Uso del teléfono móvil al volante en Galera
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del pronto pago; deberás presentar el escrito dentro de ese mismo periodo de 20 días para impugnar los hechos o señalar defectos procedimentales.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara anular una multa por uso del móvil, el agente debe haber cumplido estrictamente con la normativa. Busca estos fallos en tu notificación:
- Ausencia de prueba fotográfica: La palabra del agente tiene presunción de veracidad, pero si no hay foto del dispositivo en tu mano, el recurso gana peso. Solicita la prueba documental.
- Identificación errónea: Si el boletín no detalla claramente la marca, modelo o matrícula, o si el agente no te notificó en el acto sin causa justificada, el expediente puede ser nulo.
- Descripción genérica: La denuncia debe especificar qué hacías (¿hablabas, escribías, manipulabas una app?). Si la descripción es vaga ("uso del móvil"), puedes alegar indefensión.
- Datos del agente: Si el número de placa o la identificación del agente es ilegible o falta, el recurso prospera con facilidad.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Galera o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Galera, debes dirigir tu escrito al Ayuntamiento de Galera. Si fue impuesta por la Guardia Civil de Tráfico, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. La forma más eficiente es a través del Registro Electrónico Común (REC) o la Sede Electrónica de la DGT si es de tráfico interurbano.
Además de gestionar tus recursos, es vital prevenir futuras sanciones. Recuerda que, al circular por núcleos urbanos o zonas restringidas, es fundamental consultar herramientas como
Asegúrate de adjuntar siempre una copia de tu DNI, el número de expediente sancionador y todas las pruebas documentales que contradigan la versión del agente. Si el Ayuntamiento o la DGT desestiman tus alegaciones, aún te queda la vía del recurso de reposición o la vía contencioso-administrativa, aunque esta última requiere de abogado y procurador.