Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Yeste
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho a la bonificación, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma o un error en la medición.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el hecho; hay que atacar la validez del procedimiento. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si la placa no es legible o hay varios vehículos en el encuadre, la sanción es recurrible.
- Falta de datos del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica. Si falta alguno, el procedimiento es nulo.
- Márgenes de error: Asegúrate de que se ha aplicado correctamente el margen de error legal del radar (según la Orden ITC/3123/2010). Si la velocidad detectada está dentro del margen y no se ha descontado, la sanción es incorrecta.
- Identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor y la notificación llega al titular, tienes derecho a no identificarlo (aunque esto conlleva una multa económica mayor, a veces compensa si te retiran puntos).
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Yeste o por internet
La mayoría de los radares de velocidad en carreteras convencionales o travesías en Yeste son competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa ha sido impuesta por la Guardia Civil de Tráfico, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Albacete.
Tienes tres vías principales para presentar tu escrito:
- Sede Electrónica de la DGT: Es la forma más rápida. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Accede al apartado "Presentación de alegaciones".
- Registro General: Puedes acudir a cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado o a las oficinas de Correos (mediante envío de carta certificada administrativa).
- Ayuntamiento de Yeste: Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local dentro del casco urbano, debes dirigir el recurso a la Alcaldía del Ayuntamiento de Yeste a través de su Registro General.
Recuerda que, además de vigilar tu velocidad, es fundamental estar al tanto de las restricciones circulatorias. Utiliza