Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Viveda
Si has recibido una notificación de multa por exceso de velocidad en Viveda, el reloj empieza a correr. Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo cual reduce la sanción económica al 50% pero supone la renuncia inmediata a presentar cualquier tipo de recurso. Si decides impugnar, debes presentar tus alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días, asumiendo que perderás el descuento por pronto pago si el recurso es desestimado.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso tenga viabilidad jurídica, debemos buscar errores procedimentales. No basta con alegar que "íbamos rápido por urgencia". Debes comprobar los siguientes puntos en la notificación:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad. Si la velocidad medida no ha sido corregida aplicando estas tablas, la multa es nula.
- Identificación del vehículo: Verifica que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo. Un error en un dígito invalida la sanción.
- Certificado de verificación: La administración debe acreditar que el radar cuenta con su certificado de calibración en vigor. Si el certificado ha caducado, la medición no tiene validez legal.
- Fotografía: La imagen debe ser nítida. Si no se identifica claramente la placa o hay más de un vehículo en el encuadre, existe una duda razonable sobre qué coche ha cometido la infracción.
- Notificación fuera de plazo: Si la infracción se cometió hace meses y la notificación llega fuera de los plazos de prescripción (generalmente 3 meses para infracciones leves y 6 para graves), la multa ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Viveda o por internet
Dado que la mayoría de los radares en tramos interurbanos o travesías son competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT), lo más probable es que tu multa sea de ámbito estatal. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Polanco (municipio al que pertenece Viveda), deberás dirigirte al Ayuntamiento de Polanco. En ambos casos, el procedimiento más eficiente es la sede electrónica:
- DGT: A través de la Sede Electrónica de la DGT (sección "Presentación de alegaciones y recursos"), utilizando Cl@ve o certificado digital.
- Ayuntamiento: Si es una multa municipal, utiliza el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Polanco o la oficina de asistencia en materia de registros más cercana.
Además de gestionar tus recursos, es vital prevenir futuras sanciones. Antes de planificar tus rutas, te recomendamos consultar