Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Villarejo
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo cual implica la renuncia a cualquier recurso posterior) o la presentación de alegaciones para intentar anular la sanción. Si decides recurrir, olvida el pronto pago, ya que el procedimiento administrativo suspende la firmeza de la multa hasta que haya una resolución.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara ganar un recurso, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez técnica del procedimiento. Busca específicamente estos fallos en la notificación:
- Ausencia de la fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir la identificación inequívoca del vehículo y su matrícula. Si no se adjunta o es ilegible, exige su aportación.
- Error en los datos del radar: El boletín debe especificar el modelo del cinemómetro, su número de serie y la fecha de la última certificación de control metrológico. Si el certificado está caducado o no se aporta, la multa es nula.
- Margen de error no aplicado: La Ley exige aplicar un margen de error al radar (según la orden ITC/3123/2010). Si la velocidad captada es muy cercana al límite, verifica si la administración ha restado correctamente ese margen.
- Defectos en la notificación: Si la multa llegó tarde o el agente no ha cumplido con los requisitos de identificación del infractor, el procedimiento puede haber prescrito o ser defectuoso.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Villarejo o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (carreteras interurbanas o travesías), debes dirigir el escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción ocurrió en el casco urbano de Villarejo por un radar municipal, el organismo competente es el Ayuntamiento. Puedes presentar tu escrito de forma presencial en el Registro del Ayuntamiento de Villarejo o, de manera mucho más eficiente, a través de la Sede Electrónica de la DGT o el registro electrónico de tu ayuntamiento si dispone de certificado digital. Recuerda que, además de evitar radares, es vital consultar el
Asegúrate de incluir siempre el número de expediente, tus datos completos y las pruebas documentales que sustenten tus alegaciones. La administración tiene un plazo de 6 meses para notificarte la resolución del recurso; si no lo hace, se produce la caducidad del procedimiento.