Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Villalba Del Rey
El reloj corre en contra del conductor desde el mismo instante en que se notifica la infracción. Dispones estrictamente de 20 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la notificación para decidir entre dos opciones excluyentes: pagar con una bonificación del 50% renunciando a cualquier tipo de reclamación, o bien presentar un recurso o escrito de alegaciones si consideras que la sanción es injusta o presenta errores administrativos.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad y la tramitación administrativa están sujetos a una estricta normativa. Para tumbar una multa de velocidad en vía administrativa, debes revisar con lupa los siguientes puntos críticos que suelen constituir causa de nulidad:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares deben aplicar obligatoriamente los márgenes de error legales establecidos (un 3% o 5% dependiendo de si son fijos o móviles, y si la velocidad es superior o inferior a 100 km/h). Si la velocidad censada entra dentro del margen de error sin descontar, la multa es recurrible.
- Certificado de metrología y revisión periódica: El aparato medidor debe contar con su certificado de superación de control metrológico en vigor. Si la última revisión está caducada, la medición carece de validez legal.
- Fotografías duplicadas o poco claras: La normativa exige la aportación de dos fotogramas o una imagen donde se aprecie claramente el vehículo infractor y la matrícula, además de indicar el sentido de la circulación.
- Identificación errónea del tramo o vía: Comprueba que las coordenadas kilométricas y el nombre de la carretera que figuran en la denuncia se corresponden exactamente con la realidad.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Villalba Del Rey o por internet
La tramitación de las multas de velocidad por radar en carreteras secundarias o nacionales suele corresponder a la Dirección General de Tráfico (DGT), aunque si la vía es de titularidad municipal la competencia recaerá sobre el consistorio. Para presentar tu escrito de alegaciones dispones de dos vías principales:
- Por vía telemática (Recomendado): A través de la Sede Electrónica de la DGT (si el expediente es suyo) utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es el método más rápido y deja constancia inmediata del registro.
- De forma presencial: En las Jefaturas Provinciales de Tráfico, en las oficinas de correos mediante correo administrativo en sobre abierto, o en los registros de cualquier órgano de la Administración General del Estado. Si el expediente es estrictamente local del municipio, deberás acudir al registro general del Ayuntamiento de Villalba Del Rey.
Además del exceso de velocidad, las restricciones a la movilidad urbana exigen estar alerta en los núcleos de población cercanos. Puedes utilizar