Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Villadesuso
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para decidir tu estrategia: puedes acoger al descuento del 50% por pronto pago (lo que implica renunciar a cualquier recurso, salvo errores materiales muy graves) o presentar un escrito de alegaciones si detectas fallos que permitan la anulación total de la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de velocidad por radar, debes buscar fallos procedimentales y técnicos en el boletín de denuncia y en la fotografía. Los motivos más efectivos de anulación son:
- Falta de margen de error legal: Los cinemómetros deben aplicar un margen de error estipulado por ley (habitualmente del 3% o 7% según estén fijos o móviles y la velocidad). Si la velocidad registrada y la sancionada no reflejan este descuento, la multa es nula.
- Ausencia de fotograma dual: La normativa exige la aportación de dos fotografías del vehículo en momentos diferentes que constaten la infracción de manera inequívoca.
- Falta de metrología y revisión: El aparato cinemómetro debe contar con su certificado de homologación y el control periódico de verificación en vigor (ITM). Pide siempre el certificado y el historial de revisiones del radar.
- Defectos en la identificación del vehículo: Errores en la matrícula, modelo o en la ubicación exacta de Villadesuso donde supuestamente se cometió la infracción.
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El organismo competente al que debes dirigir el recurso dependerá de la vía donde se haya captado la velocidad:
- Si el radar pertenece a la DGT (carreteras interurbanas): El expediente lo tramita la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Puedes presentar las alegaciones de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve.
- Si el radar es de titularidad municipal: Si la vía es competencia local de Villadesuso, el recurso debe dirigirse al Ayuntamiento. Puedes entregarlo presencialmente en el Registro General del consistorio o mediante su sede electrónica oficial.
Además, recuerda que si tu ruta incluye accesos a núcleos urbanos restringidos,