Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Ventas De Santa Lucia (Las).
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica renunciar a cualquier recurso administrativo) o presentar un escrito de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho a la bonificación, por lo que solo es recomendable si existen pruebas sólidas para la anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar "desacuerdo", debes atacar la validez técnica o procedimental de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar inequívocamente la matrícula y el vehículo. Si el radar no es de tramo, debe aparecer el vehículo completo.
- Certificado de calibración caducado: Los cinemómetros deben pasar revisiones periódicas. Si el certificado del radar no está en vigor, la prueba es nula.
- Margen de error del aparato: Comprueba que se ha aplicado el margen de error legal (según la orden ICT/155/2020) en función de si el radar es fijo o móvil.
- Datos incorrectos: Cualquier error en la fecha, hora, ubicación exacta (punto kilométrico o calle) o identificación del titular del vehículo es motivo suficiente para pedir la anulación.
- Ausencia de señalización: Si el radar es fijo, debe estar señalizado. Si es móvil, la ley exige que el agente esté presente y sea identificable, salvo excepciones técnicas.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Ventas De Santa Lucia (Las) o por internet.
Al tratarse de una sanción por exceso de velocidad, lo más probable es que la competencia sancionadora recaiga sobre la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT) correspondiente a la provincia donde se ubica Ventas de Santa Lucía, a menos que el radar sea de titularidad municipal. Para presentar el escrito:
- Vía telemática: Es la forma más ágil. Accede a la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Utiliza el apartado "Presentación de alegaciones".
- Presencial: Si prefieres el papel, puedes acudir a cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico mediante cita previa, o registrar tu escrito en las oficinas de Correos (en sobre abierto para su sellado) o en los registros públicos de cualquier administración local o autonómica.
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas han cambiado. Antes de planificar tus rutas, te recomendamos consultar