Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Vegadeo
El reloj corre en tu contra desde el momento en que recibes la notificación. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para decidir tu estrategia: o pagas con una reducción del 50% (renunciando a cualquier derecho de recurso posterior) o presentas alegaciones para intentar anular la sanción por completo.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los tribunales tumban miles de multas de radar cada año debido a errores administrativos o técnicos en el boletín de denuncia. Para conseguir la nulidad, debes revisar con lupa los siguientes puntos críticos:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares deben aplicar un margen de error legal (habitualmente del 3% al 7% según la velocidad y si el aparato es fijo o móvil). Si la velocidad imputada no contempla este descuento, la sanción es recurrible.
- Falta de fotograma duplicado o prueba gráfica clara: La Ley exige que consten dos fotografías de la infracción en multas de radar fijo o, en su defecto, una imagen donde se aprecie claramente el vehículo y la matrícula sin margen de duda.
- Certificado de homologación y revisión periódica: El radar debe haber superado la verificación metrológica anual del Centro Español de Metrología (CEM). Exige siempre el certificado de la última revisión.
- Identificación del agente o automatismo: Si es un radar móvil, debe constar la identificación del cinemómetro y, a veces, la ratificación del agente.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Vegadeo o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, deberás dirigir tu escrito a una administración u otra. En el caso de los radares por exceso de velocidad en carreteras de la comarca, la competencia suele recaer sobre la Jefatura Provincial de Tráfico o el organismo autónomo correspondiente, aunque si el radar está gestionado en vías urbanas de competencia municipal, se tramitará a través del propio Ayuntamiento de Vegadeo.
Para evitar desplazamientos innecesarios y asegurar que el recurso entra dentro del plazo legal de los 20 días, la vía más recomendada y rápida es la telemática. Puedes presentar el escrito de alegaciones a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o directamente en la Sede Electrónica de la DGT si la multa procede de este organismo, utilizando tu Certificado Digital o Cl@ve.
Asimismo, si tu ruta incluye incursiones en grandes núcleos urbanos cercanos, recuerda