Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Valuengo
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para decidir tu estrategia: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones si consideras que la sanción es injusta o presenta errores subsanables.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad deben cumplir estrictas normativas metrológicas y de instalación. Al revisar tu boletín de denuncia en Valuengo, busca los siguientes errores que tiran la multa abajo:
- Margen de error del cinemómetro: La normativa exige aplicar un margen de error (habitualmente 3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h o un 3% si son superiores, tanto en radares fijos como móviles). Comprueba si la velocidad medida y la sancionada tienen aplicado este descuento.
- Falta de fotogramas válidos: La denuncia debe aportar dos fotografías desde ángulos diferentes o, al menos, una imagen nítida donde se aprecie claramente la matrícula y el tramo.
- Certificado de revisión caducado: Los radares deben pasar controles periódicos en el Centro Español de Metrología (CEM). Exige el certificado de verificación metrológica en vigor.
- Identificación del agente o cinemómetro: Debe constar el número de homologación del aparato y la identificación del equipo que realizó la medición.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Valuengo o por internet
Dado que se trata de una infracción por exceso de velocidad, la competencia suele recaer sobre la Dirección General de Tráfico (DGT) o, si la vía es competencia municipal, sobre el propio ayuntamiento. Para presentar tus alegaciones de forma efectiva dispones de dos vías:
- Por vía telemática: Es la opción más recomendada por agilidad y seguridad jurídica. Puedes utilizar el Registro Electrónico Común (REC) o la Sede Electrónica de la DGT si la multa proviene de este organismo, empleando tu certificado digital o Cl@ve.
- De forma presencial: Acudiendo a las oficinas de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente o a través de las oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Asimismo, si tus trayectos combinan vías interurbanas con accesos a núcleos urbanos, te recomendamos utilizar