Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Vacarisses
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el beneficio del pronto pago, por lo que solo debes hacerlo si tienes argumentos técnicos sólidos para solicitar la anulación del expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido"; debes atacar la validez administrativa del boletín. Busca estos errores en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legal (habitualmente el 5% o 7% dependiendo de si el radar es fijo o móvil). Si la velocidad captada es idéntica a la sancionada, la multa es nula.
- Falta de certificado de verificación: La Administración está obligada a adjuntar o acreditar que el radar cuenta con la homologación vigente y la revisión periódica del Centro Español de Metrología.
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula sea legible y que la foto no deje lugar a dudas sobre el vehículo. Si no hay foto, el recurso gana fuerza.
- Defectos en el lugar: Verifica que el punto kilométrico y la ubicación coincidan con la señalización de velocidad máxima permitida en ese tramo específico de Vacarisses.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Vacarisses o por internet
Dependiendo de quién haya tramitado la denuncia, el organismo varía:
- Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Vacarisses: Debes dirigir el escrito al Ayuntamiento de Vacarisses. Puedes presentarlo presencialmente en su Oficina de Atención Ciudadana (OAC) o a través de su sede electrónica oficial utilizando certificado digital.
- Si la multa fue impuesta por la DGT (vía interurbana): Debes dirigirte a la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona. El trámite es mucho más ágil a través del portal "Mi DGT" o el Registro Electrónico de la Administración General del Estado (sede.dgt.gob.es).
Recuerda que, además de los radares, las normativas de circulación urbana están cambiando. Es altamente recomendable consultar herramientas como