Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Uresarantze Auzoa
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo cual implica reconocer la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides impugnar la sanción, perderás el derecho al descuento, por lo que debes tener argumentos técnicos sólidos antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "íbamos despacio". Debes buscar errores en la tramitación que invaliden el expediente:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar el vehículo y, en ocasiones, la matrícula. Si la foto es borrosa o no se aprecia la placa, la prueba es nula.
- Certificado de calibración caducado: Todo cinemómetro debe pasar una revisión periódica (ITV del radar). Si el boletín de verificación no está vigente o no se adjunta al expediente, la multa es recurrible.
- Falta de margen de error: La ley establece márgenes de error obligatorios según el tipo de radar y velocidad. Si la administración no ha aplicado este margen sobre la velocidad detectada, el cálculo de la sanción es incorrecto.
- Identificación incompleta: El boletín de denuncia debe incluir obligatoriamente el modelo de radar, el número de expediente sancionador, la ubicación exacta y el sentido de la marcha.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Uresarantze Auzoa o por internet
La competencia para multas de radar fuera de zonas urbanas suele corresponder a la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT). Si la infracción ocurrió en una vía urbana de Uresarantze Auzoa, la competencia es municipal. Para presentar el escrito:
- Sede Electrónica: Es la opción más rápida. Accede a la web de la DGT (si es vía interurbana) o a la sede electrónica del Ayuntamiento de Uresarantze Auzoa con certificado digital o Cl@ve.
- Presencial: Acude a las oficinas de registro del Ayuntamiento o a la Jefatura de Tráfico más cercana, solicitando cita previa y entregando el escrito por duplicado para que te sellen la copia.
- Correo administrativo: Puedes enviar el recurso mediante correo certificado en una oficina de Correos, dejando el sobre abierto para que lo sellen antes de enviarlo a la autoridad sancionadora.
Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las nuevas restricciones de tráfico. Te recomendamos revisar periódicamente