Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Urduliz
El reloj corre en tu contra desde el momento en que te notifican la sanción. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para decidir: o pagas con una reducción del 50% renunciando a cualquier alegación, o presentas un recurso. Ojo, si recurres, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que tus alegaciones deben tener fundamentos sólidos para que la jugada salga rentable.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares de velocidad son máquinas y, como tales, fallan o no cumplen estrictamente la normativa legal. Para tumbar una multa de velocidad en vía administrativa debes buscar con lupa los siguientes errores en la denuncia:
- Falta de la fotografía o pruebas insuficientes: La ley exige que consten dos fotogramas de la infracción en tramos fijos, o una fotografía perfectamente nítida donde se vea la matrícula y el contexto del vehículo en móviles. Si la imagen es borrosa o incompleta, la multa es nula.
- Caducidad del margen de error del cinemómetro: Los radares deben pasar revisiones periódicas (habitualmente anuales) en el Centro Español de Metrología (CEM). Si el boletín no detalla la fecha de la última revisión, el número de certificado o este está caducado, el recurso prospera automáticamente.
- Margen de error aplicable: La norma UNE 26444 y la Orden ICT/155/2020 establecen márgenes de error obligatorios (3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h en fijos, o un 5% en móviles). Si el radar no ha aplicado este descuento sobre tu velocidad real, la sanción está mal calculada.
- Identificación errónea del titular: Errores en la marca, modelo, matrícula o en la tipificación del arcén o vía.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Urduliz o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, el organismo competente varía. Si el cinemómetro estaba operado por la Ertzaintza en carreteras de titularidad autonómica o por la Dirección General de Tráfico (DGT) en vías interurbanas, el expediente recaerá sobre la Jefatura Provincial de Tráfico del País Vasco. Si la multa proviene de un radar instalado por la Policía Local en travesías o calles del municipio, deberás dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Urduliz.
La vía más rápida, segura y recomendada para presentar tu escrito de alegaciones es la telemática. Si el expediente es de la DGT, hazlo a través de su Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve. Si la multa es municipal, accede a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Urduliz en su registro general online. Asimismo, recuerda que antes de circular por grandes núcleos urbanos colindantes es vital planificar la ruta y