Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Trevias
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir entre dos caminos excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que solo debes iniciar este proceso si detectas defectos de forma claros que invaliden la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el hecho; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Revisa minuciosamente tu notificación buscando estos fallos:
- Certificado de calibración: El cinemómetro debe haber superado una revisión técnica en el último año. Si el certificado está caducado o no se adjunta, la sanción es nula.
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (habitualmente del 3% al 7% según el tipo de radar y velocidad). Si el agente ha aplicado la velocidad medida sin descontar este margen, la multa es recurrible.
- Fotografía: Debe ser nítida, mostrar la matrícula y no dejar lugar a dudas sobre qué vehículo es el infractor. Si hay otros vehículos en la imagen, el radar no es concluyente.
- Datos del agente: La firma o el número de identificación del agente denunciante deben ser legibles y correctos.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Trevias o por internet
Al tratarse de una multa por exceso de velocidad, la competencia suele recaer en la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT), salvo que el radar sea de titularidad municipal. En el caso de Trevias (Asturias), si la sanción ha sido impuesta por la Guardia Civil de Tráfico, debes dirigir tu recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Oviedo.
La forma más eficiente de presentar las alegaciones es a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando tu certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito presencialmente en cualquier oficina de registro público o a través de las oficinas de Correos, mediante correo certificado administrativo.
Recuerda que, además de vigilar tu velocidad, es vital cumplir con las nuevas normativas de movilidad urbana. Puedes utilizar