Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Tres Cantos
Recibir una multa de velocidad por un radar en Tres Cantos no significa que debas pagarla automáticamente. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde su notificación para decidir: o te acoges al pronto pago (lo que supone una reducción del 50% pero renuncia a cualquier recurso posterior, salvo el de corrección de errores materiales), o presentas un escrito de alegaciones si detectas irregularidades. Si optas por recurrir, el reloj corre, por lo que debes actuar con rapidez y rigor jurídico.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de velocidad por radar, el argumento emocional no sirve; debes atacar los defectos de forma y las garantías metrológicas del cinemómetro. Los motivos de nulidad más habituales que estiman los tribunales son:
- Falta de margen de error: Los radares tienen un margen de error legalmente establecido (del 5% para radares fijos y 7% para móviles si la velocidad es superior a 100 km/h, o de 7 km/h y 8 km/h respectivamente si es inferior). Si la velocidad aplicada no contempla este descuento, la sanción es recurrible.
- Ausencia de certificado de revisión metrológica: La Ley exige que el radar cuente con su certificado de control periódico en vigor (habitualmente anual). Si la Administración no aporta este documento en el expediente, la multa decae.
- Fotografías insuficientes: Deben aparecer obligatoriamente dos fotogramas en el expediente (o una foto ampliada y otra general) que permitan identificar inequívocamente el vehículo y el tramo de vía. Si la imagen es borrosa o no se ve la matrícula con claridad, hay base para la anulación.
- Identificación incorrecta del agente o cinemómetro: El boletín de denuncia debe especificar el modelo exacto del radar, su número de homologación y la ubicación exacta (kilómetro y sentido).
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Tres Cantos o por internet
El organismo al que debes dirigir tu recurso depende de quién haya emitido la sanción. Si el radar estaba situado en una vía urbana de Tres Cantos, la multa corresponderá al Ayuntamiento de Tres Cantos (Organismo Autónomo Local de Recaudación o Concejalía de Tráfico). Si el cinemómetro pertenece a la Red de Carreteras del Estado (como la M-607 a su paso por el municipio), la sanción la gestionará la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid (DGT).
Para presentar el escrito de alegaciones dispones de dos vías principales:
- Por vía telemática (recomendado): Si es municipal, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos con certificado digital o Cl@ve. Si es de la DGT, mediante el Registro Electrónico Común (REC) o la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico. Es la opción más segura para que quede constancia inmediata de la fecha y hora de entrada.
- De forma presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Tres Cantos (para multas locales) o en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado (para multas de la DGT), solicitando siempre copia sellada del escrito presentado.
Además de vigilar los límites de velocidad mediante el cuentakilómetros, es fundamental estar al día de las restricciones urbanísticas y normativas de circulación. Para evitar sanciones imprevistas por restricciones de acceso, resulta muy útil consultar