Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Tremp
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% por pronto pago (lo que implica renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el descuento. Es vital que el recurso se presente antes de que finalice ese mismo plazo de 20 días para evitar la firmeza de la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar la sanción, debes buscar errores en el expediente. Los más habituales son:
- Falta de identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica. Si falta algún dato, la sanción es anulable.
- Ausencia de la fotografía: La ley exige que la prueba fotográfica sea nítida. Si la matrícula no es legible o el vehículo no está correctamente encuadrado, puedes solicitar el archivo.
- Error en el margen de error: Los radares tienen un margen de tolerancia legal (según la orden ICT/155/2020). Si la autoridad no ha aplicado este margen al calcular la velocidad, el recurso prosperará.
- Notificación fuera de plazo: Si han pasado más de 3 meses (infracciones leves) o 6 meses (graves/muy graves) desde que se cometió la infracción hasta que te notifican, la multa ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Tremp o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (lo habitual en carreteras interurbanas o travesías bajo su competencia), debes dirigir el recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Lleida. Si la sanción fue impuesta por la Policía Local de Tremp, el escrito debe ir dirigido a la Alcaldía del Ayuntamiento de Tremp.
La forma más eficiente de presentar el escrito es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o mediante el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado, adjuntando el número de expediente. Asegúrate de incluir tu identificación, los hechos, las alegaciones técnicas y las pruebas documentales.
Además, recuerda que prevenir es siempre mejor que recurrir. Puedes consultar