Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Torres (Las)
Si has recibido una sanción por exceso de velocidad, el tiempo es tu mayor enemigo. Dispones de un plazo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar con una reducción del 50% (lo que implica aceptar la sanción y renunciar a recurrir) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que debes estar muy seguro de que existen motivos técnicos para anular la multa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes atacar la validez del procedimiento. Los defectos de forma más frecuentes que pueden invalidar la sanción son:
- Falta de identificación del cinemómetro: El boletín debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica obligatoria. Si estos datos faltan o el certificado de calibración está caducado, la multa es nula.
- Ausencia de margen de error: La DGT debe aplicar el margen de error legal (según la orden ITC/3123/2010). Si la velocidad captada no aplica este margen correctamente, el recurso es sólido.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe ser nítida, identificar claramente la matrícula y no dejar dudas sobre qué vehículo es el infractor. Si hay otros vehículos en el encuadre, la prueba no es concluyente.
- Notificación incompleta: Si el agente no detuvo el vehículo (notificación en el acto) y no justifica por qué no pudo hacerlo, el recurso puede prosperar basándose en la indefensión del conductor.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Torres (Las) o por internet
Las multas por exceso de velocidad suelen ser competencia de la Jefatura Provincial de Tráfico de la DGT, salvo que el radar sea de titularidad municipal. Para presentar tus alegaciones:
- Sede Electrónica de la DGT: Es la opción más rápida. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Accede al apartado "Presentación de alegaciones" y adjunta tu escrito junto con las pruebas.
- Presencialmente: Si prefieres ir en persona, dirígete a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a tu zona o a cualquier oficina de correos mediante correo administrativo (sobre abierto para que sea sellado).
- Ayuntamiento: Si la multa ha sido impuesta por un radar urbano gestionado por el municipio, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Torres (Las) a través de su Registro Electrónico.
Recuerda que, además de los excesos de velocidad, es fundamental cumplir con las normativas de acceso a los núcleos urbanos restringidos. Te recomendamos consultar siempre el