Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Torrejoncillo Del Rey
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides impugnar la sanción, perderás el derecho a la bonificación, por lo que el recurso debe estar fundamentado en pruebas sólidas para evitar el pago íntegro.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, debes buscar errores administrativos que invaliden el procedimiento sancionador. Revisa minuciosamente el boletín de denuncia buscando los siguientes fallos:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo.
- Certificado de verificación del cinemómetro: La administración debe acreditar que el radar pasó su revisión periódica. Si no se adjunta o está caducada, la multa es nula.
- Margen de error del radar: Según la normativa, se debe aplicar un margen de error específico dependiendo de si el radar es fijo o móvil (habitualmente 5 km/h o 7 km/h hasta 100 km/h, y un porcentaje superior a partir de esa velocidad).
- Fotografía: Si la imagen es borrosa, no permite identificar el vehículo o aparecen dos coches en el encuadre, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Falta de notificación: Si no fuiste parado por un agente, la administración debe justificar por qué no se te notificó en el acto.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Torrejoncillo Del Rey o por internet
Dependiendo de quién emita la multa, el organismo competente varía. Si la vía es urbana (travesías o calles del municipio), la competencia es del Ayuntamiento de Torrejoncillo Del Rey. Si se trata de una vía interurbana, la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Para presentar el recurso, puedes hacerlo de forma presencial en las oficinas municipales o en la Jefatura Provincial de Tráfico, aunque lo más eficiente es utilizar la Sede Electrónica de la DGT o el registro electrónico común si es una sanción municipal.
Además de vigilar tu velocidad, es fundamental que consultes