Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Torrecilla
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de errores en el expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso; hay que atacar la validez del procedimiento. Busca los siguientes fallos en tu notificación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar la matrícula y, si es posible, el modelo del vehículo. Si el radar no captó la placa con claridad, la sanción es nula.
- Certificado de calibración caducado: Todos los cinemómetros deben pasar revisiones periódicas. Solicita el certificado de verificación periódica; si ha expirado o no figura la fecha de la última revisión, el resultado del radar no tiene validez legal.
- Margen de error del aparato: La normativa exige aplicar un margen de error al radar según si es fijo o móvil. Si la velocidad notificada no incluye este margen (según la tabla de la Orden ICT/155/2020), la multa es recurrible.
- Identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor y no se puede probar quién iba al volante, el titular del vehículo tiene derecho a no identificarlo (aunque esto conlleva una sanción económica mayor, a veces compensa si se busca evitar la pérdida de puntos).
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Torrecilla o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (vías interurbanas o travesías), el recurso debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción fue emitida por la Policía Local de Torrecilla, debes dirigirte al Ayuntamiento de Torrecilla, ya que ellos gestionan sus propias infracciones urbanas.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica del organismo emisor mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en cualquier oficina de Correos (en sobre abierto para su cotejo) o en los registros presenciales de las administraciones públicas.
Recuerda que, además de los radares, las nuevas restricciones de movilidad urbana requieren precaución extra. Te recomiendo consultar siempre