Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Torno (El).
Si has recibido una notificación por exceso de velocidad, el tiempo corre en tu contra. Tienes exactamente 20 días naturales desde la recepción de la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la solidez de tus argumentos antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes buscar vicios de nulidad técnica o administrativa en la denuncia. Los errores más habituales que permiten ganar un recurso son:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar un margen de error según la Orden ICT/155/2020. Si el cálculo no se ha realizado correctamente (restándole el margen legal según si el radar es fijo o móvil), la sanción es nula.
- Defecto en la foto: Si la imagen no permite identificar con nitidez la matrícula o si aparecen dos vehículos en el mismo fotograma, la prueba pierde su presunción de veracidad.
- Falta de acreditación del radar: La Administración está obligada a adjuntar el certificado de verificación periódica del cinemómetro. Si el certificado ha caducado o no se aporta, la multa debe archivarse.
- Datos erróneos: Comprueba que la hora, el punto kilométrico exacto y la identificación del vehículo coincidan plenamente con los datos de tu ficha técnica.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Torno (El) o por internet.
La competencia depende de quién haya emitido la sanción. Si el radar estaba en una vía interurbana, el organismo sancionador suele ser la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT). Si ocurrió en casco urbano bajo competencia municipal, debes dirigirte al Ayuntamiento de Torno (El). Para presentar tus alegaciones, la vía más eficiente es la Sede Electrónica de la DGT o el registro electrónico del Ayuntamiento si dispones de certificado digital o Cl@ve.
Además de vigilar la velocidad, recuerda que la normativa urbana es cada vez más estricta con las restricciones de acceso. Te recomendamos consultar