Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Tiebas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que solo es recomendable si existen defectos de forma claros en el expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en la notificación:
- Identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de su última revisión técnica. Si falta alguno de estos datos, el dispositivo no está certificado.
- Certificado de calibración: Exige siempre el certificado de verificación periódica. Si el radar no ha pasado la revisión anual, la prueba es nula.
- Márgenes de error: Asegúrate de que se ha aplicado correctamente el margen de error legal (según la orden ITC/3123/2010). Si la velocidad detectada está dentro del margen de error, la multa debe ser anulada.
- Fotografía: La imagen debe ser nítida, mostrar claramente la matrícula y el vehículo. Si aparecen varios coches en la foto, la denuncia es impugnable por falta de certeza sobre quién cometió la infracción.
- Defectos en la notificación: Comprueba que los datos del titular, la ubicación exacta (punto kilométrico) y la hora coincidan con la realidad.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Tiebas o por internet
La mayoría de los radares en vías interurbanas en la zona de Tiebas dependen de la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra (DGT). Si la multa es de la DGT, no debes dirigirte al Ayuntamiento de Tiebas, sino a la sede electrónica de la DGT o a la Jefatura Provincial correspondiente.
Para presentar el escrito, accede a la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el recurso en cualquier oficina de correos mediante correo administrativo o en un registro oficial. Recuerda que, además de vigilar la velocidad, es vital cumplir con la normativa ambiental; utiliza