Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Teror
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para actuar. Si decides pagar con el 50% de reducción por pronto pago, pierdes automáticamente tu derecho a presentar alegaciones. Si tu intención es recurrir, no pagues; presenta un escrito de alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días. Ten en cuenta que si el recurso es desestimado, perderás el derecho a la bonificación del 50%.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción por exceso de velocidad, debes buscar errores técnicos en la notificación. Los defectos de forma más frecuentes que pueden tumbar la multa son:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar claramente el vehículo y su matrícula. Si la foto es borrosa o no se ve el vehículo completo, solicita la nulidad.
- Falta de margen de error del cinemómetro: Todo radar debe aplicar un margen de error legal (habitualmente del 5% o 7% según el tipo de radar). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, el cálculo es erróneo.
- Certificado de verificación: El radar debe tener una certificación vigente emitida por el Centro Español de Metrología. Exige que adjunten el certificado de calibración actualizado.
- Datos incorrectos: Verifica que la hora, fecha, punto kilométrico exacto y modelo del radar coincidan con la realidad.
- Identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor y la notificación es defectuosa, puedes alegar indefensión.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Teror o por internet
La competencia para tramitar la multa depende de quién haya emitido la sanción. Si el radar estaba en una vía urbana de Teror, el organismo sancionador es el Ayuntamiento de Teror. Si la infracción ocurrió en una carretera interurbana o autovía, la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Para presentar tus alegaciones, tienes dos vías principales:
- Sede Electrónica: Es la opción más ágil. Puedes presentar el escrito a través del Registro Electrónico Común (REC) o en la Sede Electrónica de la DGT si la multa es de tráfico estatal.
- Presencial: Si la multa es municipal, puedes acudir a la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Teror o a cualquier oficina de correos mediante correo administrativo (sobre abierto para sellar la fecha de presentación).
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Para evitar sanciones adicionales por acceso indebido, te recomendamos consultar