Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Tebar
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de que existen defectos formales en la denuncia antes de iniciar el proceso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si el radar no captó la placa o hay dudas razonables, la multa debe anularse.
- Certificado de calibración (Metrología): Todo cinemómetro debe estar verificado periódicamente. Exige el certificado de calibración en vigor. Si el radar no ha pasado la revisión anual o no consta la fecha de la última, la sanción es nula.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal establecido por la normativa vigente (dependiendo de si el radar es fijo o móvil). Si la velocidad detectada no contempla este margen, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Identificación del conductor: Si el vehículo no fue parado en el acto, la administración debe acreditar quién conducía. Si los datos del conductor no son correctos o no se identifica correctamente al titular, el expediente puede archivarse.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Tebar o por internet
Al tratarse de una multa por exceso de velocidad en carretera, lo más probable es que la competencia sea de la DGT (Jefatura Provincial de Tráfico de Cuenca), a menos que fuera en una vía urbana bajo competencia municipal. Puedes presentar tus alegaciones de forma gratuita y sencilla a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando tu certificado digital o DNI electrónico. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a cualquier registro público o a la oficina de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Además de gestionar tus multas, es vital que te mantengas informado sobre las nuevas restricciones de circulación. Puedes utilizar