Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Te
El margen de error de los cinemómetros y un defecto en la notificación son tus mejores armas. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o pagas con una reducción del 50%, o presentas un recurso. Si optas por recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar muy seguro de que existen argumentos sólidos.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de velocidad, no basta con alegar que ibas con prisa; hay que atacar el procedimiento y la metrología del aparato. Revisa detalladamente la denuncia y exige los siguientes documentos a la administración:
- Falta de la fotografía complementaria: La ley exige que consten dos fotogramas en los radares fijos o una foto clara y legible donde se identifique el vehículo y la matrícula sin margen de duda.
- Certificado de la ITV del cinemómetro: El aparato debe haber pasado el control metrológico anual. Si la última revisión está caducada, la multa es nula de pleno derecho.
- Margen de error aplicable: La normativa (orden ITC/3123/2011) obliga a aplicar un margen de error al velocidad medida. Dependiendo de si el radar es fijo o móvil, y si la velocidad es inferior o superior a 100 km/h, se debe restar un porcentaje (por ejemplo, 5 km/h o un 5%). Si la multa no aplica esta corrección, ganas el recurso.
- Identificación del agente o automatismo: Tratándose de un radar automatizado, debe constar el número de homologación del dispositivo y su ubicación exacta (kilómetro y vía).
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Te o por internet
Dependiendo de quién te haya impuesto la sanción, deberás dirigir el pliego de alegaciones a un organismo u otro. Al tratarse de una multa de radar por velocidad, lo más habitual es que haya sido emitida por la Dirección General de Tráfico (DGT), salvo que el radar pertenezca a una vía de titularidad municipal gestionada por el ayuntamiento de Te.
Si la sanción es de la DGT, puedes presentar el recurso:
- Por vía telemática: A través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve (la opción más recomendada por rapidez y seguridad jurídica).
- Presencialmente: En las Jefaturas Provinciales de Tráfico o en las oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Si la multa procede del Ayuntamiento de Te por un radar urbano, deberás dirigir las alegaciones a la Concejalía de Movilidad o al departamento de sanciones del consistorio, utilizando su registro electrónico municipal.
Además, recuerda que las restricciones al tráfico se multiplican en las grandes ciudades y periferias. Para evitar sanciones imprevistas por acceder a zonas restringidas sin darte cuenta, te recomendamos