Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Tabernas
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Tabernas, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con una bonificación del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones. Si decides pelear la sanción, olvídate del descuento y prepara una defensa técnica basada en la ley y en los errores del equipo cinemómetro.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de velocidad no sirven las excusas subjetivas; debes buscar fallos técnicos y procesales en el boletín de denuncia. Los motivos de nulidad más habituales son:
- Falta de metrología o revisión periódica: El cinemómetro debe contar con su certificado de verificación anual en vigor (emitido por el Centro Español de Metrología). Si no se adjunta en la notificación o el certificado está caducado, la multa es nula.
- Margen de error aplicable: La Ley exige aplicar un margen de error al radar según si es fijo o móvil (3% o 5% respectivamente, o km/h absolutos para velocidades inferiores a 100 km/h). Si la velocidad imputada no contempla este descuento, la sanción decae.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe mostrar claramente el vehículo, la matrícula y, preferiblemente, el cinemómetro o tramo de vía. Si hay dudas sobre la identificación del coche o aparecen varios vehículos en el fotograma, el recurso prospera.
- Falta de identificación del agente o dispositivo automático: Debe constar el número de homologación del aparato y, en caso de radar móvil operado por agentes, la validación de la detención inmediata (salvo que sea imposible por medios técnicos, lo cual debe justificarse rigurosamente).
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Tabernas o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, deberás dirigir el recurso a una administración u otra. Si el radar estaba en una vía urbana de Tabernas gestionada a nivel local, el organismo competente es el Ayuntamiento de Tabernas. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras secundarias o autovías de la zona, la tramitación recae en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Puedes presentar tu pliego de descarcos y alegaciones de tres formas:
- Por vía telemática: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tabernas (si es multa municipal) o en la Sede Electrónica de la DGT (si la multa es interurbana), utilizando certificado digital o Cl@ve. Es la opción más rápida y segura.
- Presencialmente: En el Registro General del Ayuntamiento de Tabernas o en las Oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
- Por correo postal certificado: Dirigido al organismo sancionador correspondiente, asegurándote de conservar el justificante de envío.
Además de vigilar los límites de velocidad en carretera, es fundamental estar al día con la normativa urbana en desplazamientos por distintas ciudades. Puedes evitar sanciones imprevistas consultando las restricciones de tráfico urbano y