Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Sos Del Rey Catolico
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Sos del Rey Católico, el reloj ya está corriendo. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión clave: pagar con un 50% de descuento (lo que implica renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones para intentar anular la sanción por completo.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara ganar un recurso por exceso de velocidad, no sirve con negar los hechos, hay que atacar la legalidad de la prueba. Los radares (fijos, móviles o de tramo) están sujetos a normativas muy estrictas que la administración suele pasar por alto. Revisa minuciosamente la denuncia en busca de los siguientes errores:
- Falta de metrología y certificado de revisión: El aparato debe contar con el certificado de superación del control periódico de la Ley de Control Metrológico. Si no adjuntan este certificado en la denuncia, o está caducado, la multa es nula.
- Márgenes de error aplicados incorrectamente: La normativa obliga a restar un margen de error según la velocidad (habitualmente 4 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h o un 4% si son superiores, en radares fijos). Si no se ha aplicado o el cálculo es erróneo, el recurso prospera.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe mostrar claramente la matrícula y el vehículo infractor sin lugar a dudas. Si hay varios vehículos en la instantánea, la prueba carece de validez.
- Identificación del cinemómetro: Debe constar el número de homologación del aparato, la ubicación exacta (kilómetro) y el sentido de la circulación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Sos Del Rey Catolico o por internet
Dependiendo de quién te haya impuesto la multa, el organismo competente varía. Si el radar estaba gestionado por la Policía Local dentro del casco urbano, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Sos del Rey Católico. Si la sanción proviene de un radar de la Dirección General de Tráfico (DGT) en las carreteras de la comarca de las Cinco Villas, la tramitación corresponde a la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza.
Para presentar el escrito de alegaciones tienes dos vías principales: presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Sos del Rey Católico (si es multa municipal) o, de forma mucho más ágil y recomendada, a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración u online en la sede electrónica de la DGT si la sanción es estatal.
Asimismo, aunque el exceso de velocidad se sancione en vías interurbanas o travesías, conviene recordar que si circulas hacia otras localidades mayores, debes