Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Sopuerta
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar convencido de la existencia de un defecto en el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez técnica del expediente. Busca estos errores en la notificación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe identificar claramente la matrícula. Si es ilegible o el vehículo no es identificable, la multa es nula.
- Certificado de calibración caducado: El cinemómetro debe haber superado una revisión metrológica anual. Si el certificado no está vigente en la fecha de la infracción, la prueba carece de validez.
- Margen de error no aplicado: Según la normativa, se debe aplicar el margen de error legalmente establecido para el tipo de radar (fijo o móvil). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, el cálculo es erróneo.
- Falta de datos obligatorios: La denuncia debe especificar el modelo de radar, el número de expediente, la fecha exacta, la hora y el lugar preciso. Cualquier omisión invalida el acto administrativo.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Sopuerta o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Ertzaintza o la DGT en vías interurbanas, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Bizkaia. Si la sanción proviene de la Policía Local de Sopuerta por exceso de velocidad dentro del casco urbano, deberás dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Sopuerta.
La forma más eficiente de presentar el escrito es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Sopuerta con certificado digital. Recuerda que, además de evitar radares, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación en núcleos urbanos consultando
Una vez presentado el recurso, el organismo tiene un plazo de un mes para responder. Si no recibes respuesta en dicho periodo o esta es denegatoria, deberás valorar si interponer un recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa, aunque esta última suele ser desaconsejable si el importe de la multa no es elevado.