Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Somosierra
Si te han cazado con un radar en el puerto de Somosierra, el reloj ya está en marcha. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o pagas con un 50% de descuento renunciando a recurrir, o presentas alegaciones. Ojo, si optas por recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que tu escrito debe estar jurídicamente blindado para que el riesgo merezca la pena.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares en tramos de alta montaña y autovía como Somosierra acumulan muchos errores administrativos y técnicos que tiran la sanción por los suelos. Al revisar tu boletín de denuncia, busca con lupa los siguientes fallos:
- Margen de error del cinemómetro: La ley exige aplicar un margen de error (habitualmente del 3% al 7% según si el radar es fijo o móvil y la velocidad). Si la velocidad medida y la sancionable no reflejan esta resta, la multa es nula.
- Falta de metrología y revisión: El aparato debe contar con el certificado de verificación periódica en vigor. Pídelo expresamente en tu recurso. Si la administración no lo aporta, la sanción decae.
- Fotografías no concluyentes: Deben aparecer dos fotogramas independientes en los radares fijos que acrediten la continuidad de la infracción, o una foto donde se identifique claramente el vehículo y la matrícula sin margen a dudas.
- Identificación del carril y sentido: En zonas de varios carriles como la A-1 a su paso por Somosierra, el radar debe especificar exactamente qué carril y sentido vigilaba para evitar confusiones con otros vehículos.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Somosierra o por internet
Depende de quién te haya multado. Al tratarse de un exceso de velocidad captado por radar en autovía, lo habitual es que la competencia sea de la Dirección General de Tráfico (DGT) y no del ayuntamiento local. Revisa el membrete de la notificación para confirmarlo:
- Si la sanción es de la DGT: No tienes que desplazarte a Somosierra. Presenta el escrito de alegaciones telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la DGT (necesitarás Cl@ve o certificado digital) o en cualquier oficina de registros de la administración pública.
- Si la sanción proviene del Ayuntamiento de Somosierra: Deberás dirigir el escrito al registro general del consistorio municipal, ya sea de forma presencial o mediante su sede electrónica si disponen de ella.
Además, si en tus desplazamientos combinas la carretera con incursiones en núcleos urbanos cercanos, es fundamental que utilices