Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Silleda
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de defectos de forma o errores en la tramitación antes de iniciar el proceso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Los puntos clave donde suelen fallar las administraciones son:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (según la Orden ITC/3123/2010). Si la velocidad captada no descuenta este margen, la sanción es nula.
- Falta de certificado de verificación: El radar debe haber superado una revisión periódica en el último año. Solicita el certificado de calibración vigente.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si hay más de un coche en la toma, la prueba pierde validez.
- Notificación defectuosa: Si no fuiste parado en el acto, la administración debe justificar por qué no se pudo identificar al conductor.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Silleda o por internet
La competencia para sancionar depende de la vía donde se produjo la infracción. Si el radar era de la Policía Local de Silleda, debes dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Silleda. Si fue en una carretera nacional o autovía (como la N-525 o la AP-53), la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Para presentar el recurso:
- Vía telemática (Recomendado): Utiliza la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o la sede electrónica del Ayuntamiento de Silleda mediante certificado digital o Cl@ve. Es la forma más ágil y deja constancia inmediata.
- Presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Silleda o en cualquier oficina de Correos mediante correo administrativo (sobre abierto para que sea sellado).
Recuerda que, además de vigilar los radares, es vital estar al tanto de las nuevas restricciones de tráfico en núcleos urbanos. Puedes evitar futuras sanciones consultando