Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Sevilla
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para actuar. Si decides pagar con el descuento del 50%, el procedimiento finaliza y pierdes el derecho a presentar alegaciones. Si optas por recurrir, debes presentar el escrito dentro de ese mismo plazo de 20 días, renunciando automáticamente a la bonificación por pronto pago. Ten en cuenta que si el recurso es desestimado, deberás abonar el 100% del importe de la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con alegar "no iba tan rápido". Debes buscar errores técnicos en la notificación que invaliden el procedimiento administrativo:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida, mostrar la matrícula completa y permitir identificar el vehículo sin género de dudas.
- Falta de margen de error: El cinemómetro debe haber aplicado el margen de error legal (habitualmente el 3% o 7% según el tipo de radar y si es fijo o móvil). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Certificado de calibración caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas. Solicita el certificado de verificación periódica del aparato; si está caducado, la prueba carece de validez legal.
- Datos incorrectos: Verifica que la hora, la fecha, el punto kilométrico exacto y el sentido de la circulación coincidan con la realidad. Un error en la ubicación invalida la sanción.
- Identificación del conductor: Si el vehículo es de empresa o no te identificaron en el acto, exige que se pruebe la autoría.
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La competencia depende de dónde se haya cometido la infracción:
- Si la multa es en vías urbanas (dentro de Sevilla capital): La competencia es del Ayuntamiento de Sevilla. Puedes presentar tus alegaciones a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento o presencialmente en las Oficinas de Atención al Ciudadano (Registro General).
- Si la multa es en autovías o carreteras interurbanas (SE-30, SE-40, A-4, etc.): La competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Puedes presentar el recurso a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve, o bien en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico (en Sevilla se encuentra en la Calle Carabela).
Recuerda que, además de los radares de velocidad, Sevilla ha implementado restricciones de circulación. Es fundamental consultar el