Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Sena
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Sena, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones incompatibles: pagar con una bonificación del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones para defender tus derechos. Si decides recurrir, debes saber que pierdes el derecho al descuento, por lo que tu argumentación debe ser sólida.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de velocidad en vía administrativa no basta con decir que ibas despacio; hay que atacar los puntos débiles obligatorios por ley. Los radares en España están sujetos a una normativa metrológica muy estricta que suele fallar en los siguientes aspectos:
- Falta de certificación de la ITV del cinemómetro: Todo radar debe pasar revisiones periódicas (habitualmente anuales). Si la administración no aporta el certificado de homologación y verificación en vigor, la multa es nula.
- Márgenes de error aplicados incorrectamente: Según la Orden ITC/3123/2011, se debe aplicar un margen de error máximo permitido (del 5% para radares fijos y 7% para móviles si la velocidad es superior a 100 km/h, o de 7 km/h y 5 km/h respectivamente si es inferior). Si la velocidad denunciada no contempla este margen, el recurso prospera.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe ser nítida, mostrar con claridad la matrícula y, preferiblemente, ofrecer dos fotogramas desde diferentes ángulos (especialmente en radares móviles) para certificar la posición del vehículo.
- Identificación incorrecta del conductor o agente: Si el radar es móvil, el boletín de denuncia debe estar ratificado por los agentes o incluir la fotografía automatizada con los datos exactos del equipo homologado.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Sena o por internet
El organismo competente al que debes dirigir el pliego de alegaciones dependerá de quién haya emitido la sanción. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT), el expediente será tramitado por la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la vía es de titularidad municipal o el radar depende del ayuntamiento local, el escrito irá dirigido a la concejalía de tráfico del consistorio correspondiente en Sena.
La forma más rápida y segura de presentar el recurso es a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado si la multa es de la DGT, o mediante la sede electrónica del ayuntamiento si la sanción es local. Evita en la medida de lo posible las presentaciones en oficinas físicas de correos o registros presenciales, ya que los retrasos postales pueden hacer que tu escrito fuera de plazo.
Además, antes de circular por núcleos urbanos o zonas restringidas, es altamente recomendable planificar tu ruta utilizando