Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Santidad
El reloj corre en tu contra desde el momento exacto en que te notifican la sanción. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para tomar una decisión crítica: pagar con un 50% de descuento renunciando a cualquier derecho de alegación, o presentar un recurso. Si decides recurrir, el plazo ordinario es también de 20 días naturales desde la notificación, pero perderás la bonificación por pronto pago, por lo que tu recurso debe estar jurídicamente muy bien fundamentado para compensar ese riesgo económico.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad deben cumplir una normativa metrológica extremadamente estricta. Para tumbar una multa de velocidad, debes solicitar obligatoriamente el expediente completo y buscar los siguientes fallos administrativos:
- Falta de margen de error: La norma exige aplicar un margen de error al cinemómetro (habitualmente del 3% al 7% según si es fijo o móvil y la velocidad). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la multa es nula.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar una verificación periódica anual. Exige el certificado del Centro Español de Metrología (CEM); si no está actualizado o brilla por su ausencia, la sanción decae.
- Fotografía no homologada o ilegible: Deben aparecer dosfotografías del vehículo en los radares móviles (una de plano general y otra de detalle donde se lea la matrícula) y el sentido de la marcha debe estar claramente justificado.
- Identificación errónea: Si el radar es móvil y no se detuvo al conductor en el acto, la Dirección General de Tráfico debe justificar fehacientemente por qué no fue posible la parada inmediata.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Santidad o por internet
Dependiendo de quién te haya impuesto la sanción, deberás dirigir tu escrito a un organismo u otro. Si el exceso de velocidad fue captado por un radar fijo o móvil de la Dirección General de Tráfico en carreteras interurbanas, el expediente pertenece a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la multa proviene de un cinemómetro gestionado por la administración local, deberás tramitarlo ante el ayuntamiento. La forma más rápida, segura y recomendada para presentar las alegaciones es a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración o mediante la Sede Electrónica del organismo sancionador, utilizando certificado digital o Cl@ve, evitando así retrasos postales.
Además de vigilar tu velocidad con los cinemómetro tradicionales, recuerda que las normativas urbanas se endurecen constantemente con las restricciones medioambientales. Para evitar sorpresas desagradables al circular por núcleos urbanos, es altamente recomendable planificar tus trayectos y