Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Santa Lucia
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica la renuncia a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de que existen defectos de forma o errores en el procedimiento antes de iniciar el trámite.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes buscar errores técnicos en la denuncia. Los más efectivos son:
- Falta de identificación del conductor: Si el vehículo es de empresa o alquilado, o si la foto no es nítida y no identifica claramente al conductor.
- Ausencia de datos técnicos: La multa debe incluir obligatoriamente el modelo del cinemómetro, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica (certificado de verificación). Si falta alguno, la prueba es inválida.
- Margen de error: Todo radar tiene un margen de error legal. Si la velocidad captada es muy cercana al límite, el margen de error debe aplicarse restando velocidad al resultado final. Si la DGT o el Ayuntamiento no lo han aplicado, la sanción es nula.
- Defecto en la notificación: Si la notificación no llega en el plazo legal (3 meses para infracciones leves, 6 para graves o muy graves) desde la fecha de la infracción, la multa ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Santa Lucia o por internet
Si la multa ha sido impuesta por un radar fijo o móvil de la DGT en las carreteras interurbanas de la zona, debes dirigir el escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Santa Lucia dentro del casco urbano, debes presentar el recurso ante el Ayuntamiento de Santa Lucia de Tirajana.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT o el portal web del Ayuntamiento si dispones de certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito presencialmente en cualquier oficina de registro público o mediante correo certificado administrativo.
Recuerda que, además de los excesos de velocidad, es vital cumplir con las restricciones actuales de circulación. Te recomendamos utilizar