Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Sanguesa.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo cual implica el reconocimiento de los hechos y la renuncia a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, perderás automáticamente el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto legal en la denuncia.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar desconocimiento; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín:
- Falta de identificación del vehículo: Si la matrícula no es legible o el modelo no coincide con el registrado.
- Ausencia de datos técnicos del cinemómetro: Es obligatorio que figure la marca, modelo y número de serie del radar. Si falta, la multa es nula.
- Certificado de calibración caducado: Todo radar debe pasar una revisión periódica (habitualmente anual). Si el certificado no está vigente o no se adjunta, la prueba carece de validez.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado el margen legal correspondiente según la ubicación del radar (fijo o móvil) y la velocidad detectada.
- Fotografía insuficiente: Si la imagen no permite identificar claramente el vehículo o si aparecen otros coches que puedan inducir a error en la medición.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Sanguesa o por internet.
Si el radar ha sido instalado por la DGT (lo más común en vías interurbanas como la NA-127 o NA-132), la competencia sancionadora reside en la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra. Si el radar fuera municipal (dentro del casco urbano de Sanguesa), deberás dirigir el escrito al Ayuntamiento de Sanguesa.
La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la sede electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico. Si prefieres la vía presencial, puedes acudir a una oficina de correos mediante correo administrativo o a las oficinas de asistencia en materia de registro. Recuerda siempre verificar si tu ruta atraviesa restricciones consultando