Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en San Rafael
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que solo es recomendable si existen defectos de forma claros o pruebas sólidas que invaliden la denuncia.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que una multa de radar sea válida, debe cumplir estrictamente con la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Analiza tu notificación buscando estos fallos:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si no se aporta o es ilegible, la sanción es nula.
- Falta del certificado de calibración (cinemómetro): Todo radar debe estar homologado y haber pasado una revisión periódica. Solicita el certificado de verificación técnica y el informe de mantenimiento.
- Error en la identificación: Errores en la marca, modelo, matrícula o en el punto kilométrico exacto donde se produjo la infracción invalidan el expediente.
- Notificación fuera de plazo: Si la infracción no fue notificada en el acto, la Administración tiene plazos legales para enviarla al titular. Si el tiempo transcurrido es excesivo, puedes alegar indefensión.
- Márgenes de error no aplicados: Dependiendo del tipo de radar y la velocidad, se debe aplicar un margen de error legal. Si el radar no lo ha aplicado correctamente, la velocidad registrada no es válida.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en San Rafael o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (carreteras interurbanas), el escrito debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la multa fue impuesta por el Ayuntamiento de San Rafael (vía urbana), deberás presentar tus alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su Sede Electrónica. Es fundamental adjuntar copia del DNI y cualquier prueba documental que refuerce tu versión.
Recuerda que, además de la velocidad, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Te recomendamos utilizar