Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en San Lorenzo De La Parrilla
Si has recibido una notificación de sanción por exceso de velocidad, el reloj empieza a correr desde el día siguiente a la notificación. Dispones de un plazo de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo cual reduce la sanción económica al 50%, pero conlleva la renuncia a presentar cualquier tipo de recurso posterior. Si decides recurrir, debes presentar tus alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días, asumiendo que perderás el beneficio del descuento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido"; debes atacar la validez administrativa del expediente. Busca estos errores en tu notificación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar la matrícula. Si no se ve claramente el vehículo o la placa, la prueba es nula.
- Identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica (certificación metrológica). Si el certificado ha caducado o no figura, la sanción es recurrible.
- Margen de error: Todo radar tiene un margen de error técnico. Si la velocidad detectada no aplica el margen legal (según la orden ICT/155/2020), la multa puede ser impugnada.
- Ausencia de datos obligatorios: Falta de firma del agente, error en la ubicación exacta (kilómetro o vía) o ausencia de la normativa infringida.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en San Lorenzo De La Parrilla o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Guardia Civil de Tráfico, la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT). En este caso, el trámite más eficiente es presentarlo a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de San Lorenzo de la Parrilla, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de la localidad, ya sea mediante su registro presencial o a través de su sede electrónica municipal.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, es vital mantener la atención sobre otras restricciones de movilidad. Puedes utilizar herramientas como