Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en San Cipriano
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma o un error en la medición.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con alegar que "ibas rápido"; debes atacar la validez técnica o administrativa del boletín de denuncia. Los puntos clave donde suelen fallar las multas de radar son:
- Ausencia de certificación de homologación y revisión: El cinemómetro debe estar verificado periódicamente. Si el certificado de calibración está caducado o no se adjunta, la multa es nula.
- Margen de error del aparato: Según la normativa (Orden ICT/155/2020), los radares tienen un margen de error específico. Si la velocidad detectada no aplica correctamente este margen (7 km/h en radares fijos hasta 100 km/h, o un 7% por encima), la sanción es impugnable.
- Fotografía ilegible: Si la imagen no permite identificar el vehículo o la matrícula con total claridad, la prueba es insuficiente.
- Falta de datos obligatorios: El boletín debe incluir el lugar exacto (punto kilométrico), la hora, el modelo de radar, el número de expediente y la identificación del agente o el sistema automático.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en San Cipriano o por internet
Si la multa ha sido interpuesta por la Guardia Civil de Tráfico (en vías interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la provincia de San Cipriano. Si la multa fue impuesta por la Policía Local, debes dirigirte al Ayuntamiento de San Cipriano.
La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia de tráfico) utilizando certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en los registros oficiales del Ayuntamiento o cualquier oficina de Correos mediante envío certificado. Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las restricciones urbanas; te recomendamos utilizar