Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en San Agustin
Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento. No intentes ambas cosas a la vez. Si la multa ha sido notificada por la DGT, el plazo comienza el día siguiente a la recepción de la notificación; si fue entregada en mano por un agente, el plazo empieza al día siguiente de la fecha de la denuncia.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas rápido". Debes atacar la validez técnica del expediente. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente. Si la foto es borrosa o no identifica al conductor, puedes solicitar la identificación, aunque el titular sigue siendo responsable.
- Certificado de calibración: Exige el certificado de verificación periódica del cinemómetro (radar). Si no está en vigor o no se ha realizado en el plazo legal, la prueba es nula.
- Margen de error: Aplica los márgenes de error legalmente establecidos (según la Orden ITC/155/2020). Si el radar no aplicó dicho margen tras la medición, la sanción es recurrible.
- Ubicación y señalización: Verifica si existía señalización previa del radar y si la ubicación es correcta según el listado oficial de la DGT.
- Falta de pruebas: Si no se incluye la fotografía o esta no es nítida, falta una prueba esencial que garantice la presunción de veracidad del agente.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en San Agustin o por internet
Si la multa es de tráfico interurbano o autovía, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la infracción se produjo en una vía urbana dentro del municipio de San Agustin, la competencia recae en el Ayuntamiento. Para presentar el escrito, dispones de tres vías:
- Sede Electrónica: Es la forma más rápida. Accede a la web de la DGT (si es sanción de Tráfico) o a la sede electrónica del Ayuntamiento de San Agustin mediante certificado digital o Cl@ve.
- Correo Postal: Envío de escrito certificado con acuse de recibo a la Jefatura Provincial de Tráfico o a la oficina de atención al ciudadano del consistorio.
- Presencial: En los registros generales de cualquier administración pública, aunque se recomienda siempre la vía telemática para asegurar la entrada en registro.
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Antes de circular por el centro, utiliza